Resolución nº 209-2015/CPC-INDECOPI-LOR de Comisión de Protección al Consumidor, de 31 de Agosto de 2015

Fecha de Resolución31 de Agosto de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente16-2015/CPC
COMISIÓN DE LA OFICI
NA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LORETO
EXPEDIENTE Nº 016-2015/ CPC-INDECOPI-
LOR
1/5
M-CPC-05/1A
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad I ntelectual
Jirón Putumayo 446, Iquitos - Perú Telf.: 24-3490
E-mail: fruiz@indecopi.gob.pe / Web: www.indecopi.gob.pe
RESOLUCIÓN FINAL Nº 209-2015-INDECOPI-LOR
PROCEDENCIA : LORETO
DENUNCIANTE : JORGE ALBERTO DEL BUSTO MONTENEGRO
(SEÑOR DEL BUSTO)
DENUNCIADO : SCOTIABANK PERÙ S.A.A (SCOTIABANK)
1
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
SUMILLA: Se acepta el desistimiento presentado por el señor JORGE ALBERTO
DEL BUSTO MONTENEGRO respecto del procedimiento iniciado en contra del
SCOTIBANK PERÙ S.A.A, en consecuencia se dispone el archivo del expediente.
Iquitos, 31 de agosto de 2015
I. ANTECEDENTES
1. Mediante el escrito de fecha 20 de marzo de 2015, complementado mediante
escrito de fecha 08 de abril de 2015
2
, el SEÑOR DEL BUSTO presentó su
denuncia en contra del SCOTIABANK por presunta infracción a la Ley Nº 29571,
Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante el Código),
señalando lo siguiente:
1.1. Que, en el mes julio de 2014, habría cancelado la totalidad de sus deudas
de los préstamos otorgados por la denunciada, los mismos que garantizó
con la hipoteca de su inmueble inscrita en la Partida Electrónica
P12058798.
1.2. Que, mediante Carta N° 03-2015-JABM/IQT de fecha 23 febrero de 2015,
solicitó a la denunciada efectúe las gestiones para el levantamiento de la
hipoteca de su inmueble ubicado en Pasaje N° 02 Mz. A, Lote N° 72C, AP.
Juan Velasco Alvarado San Juan Bautista, inscrita en la Partida
Electrónica N° P12058798.
1.3. Que, mediante Carta Notarial de fecha 03 de marzo de 2015, reiteró su
solicitud de levantamiento de hipoteca, otorgando a la denunciada un plazo
de 72 horas para el trámite respectivo; sin embargo, hasta la fecha de
interposición de su denuncia no habría procedido con atender su reclamo,
pese a que habría cancelado la totalidad de su deuda.
2. EL SEÑOR DEL BUSTO solicitó como medida correctiva que SCOTIABANK
proceda a levantar la hipoteca del inmueble ubicado en Pasaje N° 02 Mz. A, Lote
1 RUC N° 20100043140
2 Complementa su denuncia ajunt ando los cronogramas de pagos.

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