Resolución nº 1088-2015/CC1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 30 de Julio de 2015

Fecha de Resolución30 de Julio de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente96-2015/CC1
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 1
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 096-2015/CC1
1
M-CPC-03/1D
RESOLUCIÓN FINAL Nº 1088-2015/CC1
PROCEDENCIA : LIMA
DENUNCIANTE : MIGUEL ÁNGEL LESCANO ALVA (EL SEÑOR LESCANO)
DENUNCIADA : BANCO INTERNACIONAL DEL PERÚ S.A.A.- INTERBANK
(EL BANCO)
MATERIA : CONCLUSIÓN ANTICIPADA DEL PROCEDIMIENTO
POR CONCILIACIÓN
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
Lima, 30 de julio de 2015
ANTECEDENTES
1. El 26 de enero de 2015, el señor Lescano denunció al Banco por presuntas infracciones a
la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor12 (en adelante, el
Código), señalando lo siguiente:
(i) El 27 de diciembre de 2014, recibió la llamada de una funcionaria del Banco de
Crédito del Perú S.A. ofreciéndole la compra de una deuda que mantendría con el
Banco ascendente a S/. 12 000.00, pese a que nunca solicitó crédito alguno con
dicha entidad bancaria.
(ii) En atención a ello, se apersonó al Banco a fin de solicitar la información
correspondiente a la supuesta deuda, siendo informado que sería titular de una
Tarjeta de Crédito Visa N° ****- 6090 con una línea aprobada el 3 de octubre de
2014, por la suma de S/. 44 900,00, y que, al 27 de diciembre de 2014, mantendría
una deuda sobregirada de S/. 49 268,76.
(iii) De la revisión de la documentación correspondiente de la tarjeta de crédito se
percató que la información consignada en esta registraba un domicilio y número de
teléfono distinto al suyo.
(iv) El 29 de diciembre de 2014, interpuso una denuncia penal por delitos informáticos y
contra la fe pública por suplantación de identidad en mérito a la Tarjeta de Crédito
Visa N° ****- 6090.
(v) El Banco le ha requerido el pago de la deuda a través de llamadas telefónicas
diarias entre las 7:00 y 7:30 horas, motivo por el cual, el 15 de enero de 2015,
solicitó a la entidad bancaria el cese de los hostigamientos.
1 Publicada el 2 d e setiembre de 2010 en el Diario Oficial El Peruano y vigente a partir del 2 de octubre de 2010.

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