Resolución nº 164-2015/CPC-INDECOPI-ICA de Comisión de Protección al Consumidor, de 23 de Julio de 2015

Fecha de Resolución23 de Julio de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente15-2015/CPC
COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DE INDECOPI DE ICA
RESOLUCIÓN Nº 164-2015/INDECOPI-ICA
EXPEDIENTE Nº 015-2015/CPC-INDECOPI-ICA
M-CPC-06/1A
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA P ROPIEDAD INTELECTUAL
Av. Conde de Nieva Nº 446, Urb. Luren, Ica – Perú / Tel éfono: 056-210625
E-mail: eperla@indecopi.gob.pe / Web: www.indecopi.gob.pe
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DENUNCIANTE : ASOCIACIÓN CIVIL DEFENSORÍA DEL VECINO
DENUNCIADA : GIANINA CARMEN CARO SEMINARIO1
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
LIBRO DE RECLAMACIONES
LISTA DE PRECIOS
INFORMACIÓN
COMPETENCIA
ACTIVIDAD : RESTAURANTES, BARES Y CANTINAS
SUMILLA: En el procedimiento iniciado por la Asociación Civil Defensoría del Vecino
contra la señora Gianina Carmen Caro Seminario por infracciones a las normas de
protección al consumidor, la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Ica ha
resuelto:
(i) Declarar infundada la denuncia presentada por la Asociación Civil Defensoría
del Vecino contra la señora Gianina Carmen Caro Seminario por infracción al
que no ha quedado acreditado que en su establecimiento no se cuente con el
libro de reclamaciones;
(ii) Declarar infundada la denuncia presentada por la Asociación Civil Defensoría
del Vecino contra la señora Gianina Carmen Caro Seminario por infracción al
que no ha quedado acreditado que en su establecimiento no se exhiba el aviso
del libro de reclamaciones;
(iii) Declarar infundada la denuncia presentada por la Asociación Civil Defensoría
del Vecino contra la señora Gianina Carmen Caro Seminario por infracción al
considerando que no ha quedado acreditado que en su establecimiento no se
consigne los precios de los productos que ofrece en los espacios destinados
para su exhibición;
(iv) Declarar infundada la denuncia presentada por la Asociación Civil Defensoría
del Vecino contra la señora Gianina Carmen Caro Seminario por infracción al
que no ha quedado acreditado que en su establecimiento no se informe a los
consumidores que el pago de los productos adquiridos en su establecimiento se
realice por adelantado;
(v) Declarar improcedente la denuncia presentada por la Asociación Civil
Defensoría del Vecino contra la señora Gianina Carmen Caro Seminario, en los
extremos referidos a la falta de infraestructura adecuada que permita el acceso
de las personas con discapacidad, así como la falta de implementación el aviso
de atención preferente que tienen las gestantes, niñas, niños, adultos mayores y
personas con discapacidad, toda vez que la Comisión no resulta competente
para pronunciarse sobre los referidos hechos denunciados;
(vi) Denegar las solicitudes de medida correctiva, costas y costos del
procedimiento, formuladas por la Asociación Civil Defensoría del Vecino, por
resultar accesorias al pronunciamiento principal;
(vii) Disponer que la Secretaría Técnica evalúe el inicio de un procedimiento
administrativo sancionador contra la señora Gianina Carmen Caro Seminario
por presunta infracción al artículo 5 del Decreto Legislativo 807, Ley sobre
Facultades, Normas y Organización del Indecopi; y,
1 DNI: 44840078.

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