Resolución nº 621-2015/PS2 de Comisión de Protección al Consumidor, de 30 de Junio de 2015

Fecha de Resolución30 de Junio de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente408-2015/PS2
ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS SUMARÍSIMOS
DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 2
EXPEDIENTE Nº 0408-2015/PS2
M-OPS-03/1B
RESOLUCIÓN FINAL Nº 0621-2015/PS2
EXPEDIENTE : 0408-2015/PS2
AUTORIDAD : ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS
SUMARÍSIMOS DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR N° 2
(OPS)
DENUNCIANTE : JULIO ENRICO HERRERA SAAVEDRA
ADMINISTRADO : BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ
MATERIAS : PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR
PROTECCIÓN DE INTERESES ECONÓMICOS
DEBER DE IDONEIDAD
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA
Lima, 30 de junio de 2015
I. ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución N° 1 de fecha 30 de abril de 2015, el OPS inició un procedimiento
administrativo sancionador en contra de Banco de Crédito del Perú (en adelante, el
Banco) por una presunta infracción a lo establecido en los artículos 1º literal c), 18° y 19°
del Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, el Código), en tanto
habría cargado en el estado de cuenta del crédito Mi Vivienda del señor Julio Enrico
Herrera Saavedra, la suma de US$ 75,00 por concepto de retasación, el cual no
reconoce que se haya realizado.
2. El 15 de mayo de 2015, el Banco presentó sus descargos señalando lo siguiente:
(i) En cumplimiento de lo pactado en la cláusula décimo segunda del contrato de
crédito hipotecario suscrito con el señor Herrera, procedió con cargar en el mes de
noviembre de 2014, el cobro de la comisión de retasación en el crédito Mi
Vivienda;
(ii) envió cartas a sus clientes para informarles sobre el inicio del proceso de
actualización de tasaciones de los inmuebles otorgados en garantía comunicando
que un perito se contactaría para programar la visita de retasación de su inmueble,
así como el costo de la misma sería asumido por el cliente; y,
(iii) como el perito encargado se comunicó con el interesado en varias oportunidades
sin obtener respuesta ni contacto alguno, procedió a realizar la retasación por
exteriores del inmueble, indicando dicho detalle en el informe realizado por
Provalua.
III. ANÁLISIS
Marco Legal Aplicable
Protección de intereses económicos
3. El artículo 65º de la Constitución Política del Perú consagra la defensa por el Estado
Peruano de los intereses de los consumidores
1
. Una de las manifestaciones de dicho
1
Artículo 65º.- El Estado defiende el interés de los consumidores y usuarios. Para tal efecto garantiza el derecho a la
información sobre los bienes y servicios que se encuentran a su disposición en el mercado. Asimismo vela, en particular, por la
salud y la seguridad de la población.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR