Resolución nº 934-2015/CC1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 24 de Junio de 2015
Fecha de Resolución | 24 de Junio de 2015 |
Emisor | Comisión de Protección al Consumidor |
Número de expediente | 826-2014/CC1 |
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 1
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 826-2014/CC1
1
M-CPC-05/1A
RESOLUCIÓN FINAL Nº 0934-2015/CC1
DENUNCIANTE : MYLUSHKA PAOLA PEREYRA BLANCAS
(LA SEÑORA PEREYRA)
DENUNCIADO : CLÍNICAS MAISON DE SANTÉ S.A.1
(LA CLÍNICA)
MATERIA : IDONEIDAD
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA SALUD
HUMANA
Lima, 24 de junio de 2015
ANTECEDENTES
1. Mediante escrito del 20 de septiembre de 2014, la señora Pereyra denunció a la
del Consumidor (en adelante, el Código), señalando lo siguiente:
(i) El 10 de enero de 2013 acudió al servicio de oftalmología de la Clínica para
que se le realice un examen de medida de la vista. Con el resultado de dicho
examen encargó a una óptica la elaboración de anteojos, ocurriendo que
estos le dificultaban la visión.
(ii) Ante ello, se le practicó en dicha óptica otro examen de medida de la vista, el
mismo que arrojó un resultado totalmente distinto al proporcionado por la
Clínica, por lo que tuvo que comprar otros anteojos, habiéndosele generado
un gasto inútil al haber adquirido anteojos que no eran idóneos para su
problema de visión.
2. La señora Pereyra solicitó que se ordene a la denunciada que cumpla con
reembolsar la suma de S/. 4 000,00, correspondiente al costo de los anteojos
elaborados, utilizando la medida de la vista entregada en la Clínica.
3. Mediante Resolución Nº 1 del 21 de octubre de 2014, la Secretaría Técnica de la
Comisión de Protección al Consumidor Nº 1 (en adelante, la Secretaría Técnica)
admitió a trámite la denuncia, imputando las siguientes presuntas infracciones:
“PRIMERO: admitir a trámite la denuncia de fecha 20 de septiembre de 2014,
presentada por la señora Mylushka Paola Pereyra Blancas en contra de la Clínica
Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, debido a que la
denunciada habría realizado una medición de la vista cuyo resultado sería
incorrecto.
1 Con RUC Nº 20545396069 y d omicilio fiscal en Jr. Miguel Aljovín N° 208, Cercado de Lima.
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