Resolución nº 708-2015/CC1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 19 de Mayo de 2015

Fecha de Resolución19 de Mayo de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente751-2014/CC1
COMISIÓNDEPROTECCIÓNALCONSUMIDORNº1
SEDECENTRAL
EXPEDIENTEN19972013/PS2
RESOLUCIÓNFINALNº07082015/CC1
PROCEDENCIA : ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS
SUMARÍSIMOSDEPROTECCIÓNALCONSUMIDORNº2
DENUNCIANTE : LEOAROHUANCAZAMBRANO(ELSEÑORAROHUANCA)
DENUNCIADO : SCOTIABANKPERÚS.A.A.(ELBANCO)
MATERIA : PROTECCIÓNALCONSUMIDOR
NULIDAD
ACTIVIDAD : OTROSTIPOSDEINTERMEDIACIÓNMONETARIA
Lima,19demayode2015
ANTECEDENTES
1. Mediante escrito del 18 de noviembre de 2013, el señor Arohuanca denunció al
Banco por presunta infracción de la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa
delConsumidor(enadelante,elCódigo)
,manifestandolosiguiente:
1
(i) Recibió en su domicilio notificaciones de cobranza respecto a la tarjeta de
créditoNº4593xxxxxxxxx9635,lacualnousódebidoaquefueextraviada.
(ii) Solicitó que se ordene al Banco, en calidad de medida correctiva, el cese de
los cobros indebidos y la rectificación de su situación crediticia. Asimismo,
solicitóelpagodelascostasycostosdelprocedimiento.
2. Mediante Resolución Nº 1 del 26 de diciembre de 2013, el Órgano Resolutivo de
Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor N° 2 (en adelante, el
OPS)requirióalinteresadoprecisardemaneraclaraloshechosdenunciados. 
3. Mediante escrito del 6 de enero de 2014, el señor Arohuanca absolvió el
requerimiento efectuado por el OPS, manifestando que el Banco le efectuó cargos
por concepto de penalidad por pago atrasado, envío de estados de cuenta, saldo
exigiblealsistemarotativoymembresía.
4. Mediante Resolución Nº 2 del 22 de enero de 2014, el OPS admitió a trámite la
denunciacontraelBanco,considerandocomohechosdenunciadoslossiguientes:
PRIMERO
: admitir a trámite la denuncia de fecha 18 de noviembre de 2013,
presentada por el señor Leo Arohuanca Zambrano contra Scotiabank Perú S.A.A.por
losiguiente:
(i) Presunta infracción de los artículos 1º literal c) y 56º literal b) del Código de
Protección y Defensa del Consumidor, en tanto Scotiabank Perú S.A.A. habría
atribuido una deuda al interesado por una comisión por membresía de su tarjeta
de crédito que no había autorizado y que pese a cancelarlo este le requirió un
montoadicional;y,
1PublicadaenelDiarioOficialElPeruanoel2deseptiembrede2010yvigentedesdeel2deoctubrede2010.
1
MCPC05/1A

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