Resolución nº 361-2015/OPS3 de Comisión de Protección al Consumidor, de 18 de Mayo de 2015

Fecha de Resolución18 de Mayo de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente1741-2013/PS3
ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS
SUMARÍSIMOS DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 3
EXPEDIENTE Nº 1745-2013/PS3
1
RESOLUCIÓN FINAL Nº 0361-2015/PS3
INTERESADOS : AUGUSTO CECILIO RUIZ LÓPEZ
JULIA EFIGENIA PINTADO RAMÍREZ DE RUIZ
(LOS SEÑORES RUIZ)
DENUNCIADO : CÉSAR CABRERA AGUILAR
1
(EL SEÑOR CABRERA)
MATERIAS : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
IDONEIDAD
MEDIDAS CORRECTIVAS
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE VENTA POR MENOR
SANCIÓN: 0,50 Unidades Impositivas Tributarias por haber incurrido en infracción a lo establecido
en el artículo 19° del Código, al haberse acreditado durante el p rocedimiento que el denunciado
fabricó y entregó a los señores Ruiz un juego de comedor y una vitrina que presentaban defectos
(despintado y resquebrajado), y pese al reclamo efectuado por éstos no brindó una solución.
Lima, 18 de mayo de 2015
I. ANTECEDENTES
1. El 30 de octubre de 2013, los señores Ruiz denunciaron al señor Cabrera por presunta infracción
señalando lo siguiente:
(i) El 14 de julio de 2012, adquirieron una vitrina de nogal, un juego de comedor y dos sillas
adicionales (una mesa y doce sillas), cancelando la suma de S/. 2 230,00 por los muebles.
(ii) El 8 de agosto de 2012, acudió a su establecimiento comercial a recoger los muebles del
juego de comedor; sin embargo, estos no se encontraban listos.
(iii) Luego de tres meses de haber adquirido los productos, empezaron a despintarse,
presentando rajaduras en las uniones de madera.
(iv) El 11 de mayo de 2013, manifestó su disconformidad mediante una carta de reclamo,
puesto que los muebles se encontraban en malas condiciones, ante lo cual el señor
Cabrera se ofreció a reparar los productos en el término de cuatro días ; no obstante, no se
presentó.
(v) El 5 de agosto de 2013, el señor Cabrera se comunicó telefónicamente y se comprometió a
reparar los muebles en cinco días, pero hasta la fecha de interposición de la denuncia no
se apersonó a su domicilio.
1
RUC Nº 10226730937 y DNI Nº 22673093.

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