Resolución nº 312-2015/CPC-INDECOPI-LAM de Comisión de Protección al Consumidor, de 18 de Mayo de 2015

Fecha de Resolución18 de Mayo de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente2-2015/CPC
COMISION DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LAMBAYEQUE
RESOLUCION Nº 0312-2015/INDECOPI-LAM
EXPEDIENTE Nº
002
-
201
5
/CPC
-
-
LAM
M-CPC-05/1A
1
/
2
RESOLUCIÓN FINAL Nº 0312-2015/INDECOPI-LAM
PROCEDENCIA : LAMBAYEQUE
DENUNCIANTE : MAGALY EDDA DOIG VDA. DE SCANDER
(LA SEÑORA DOIG)
DENUNCIADOS : BBVA BANCO CONTINENTAL (EL BANCO)
SADORSA S.A.C. (SADORSA)
INMUEBLES Y RECUPERACIONES CONTINENTAL S.A.
(INMUEBLES Y RECUPERACIONES)
JALLP’A S.A.C. ASESORIA INMOBILIARIA (JALLP’A)
MATERIA : DESISTIMIENTO
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACION MONETARIA
ACTIVIDADES INMOBILIARIAS
ACTIV. INMOBILIARIAS POR RETRIBUCION
ACTIV. DE ASESORAMIENTO EMPRESARIAL
SUMILLA: En el procedimiento iniciado por la señora Magaly Edda Doig Vda. de
Scander en contra de Bbva Banco Continental, Sadorsa S.A.C., Inmuebles y
Recuperaciones Continental S.A. y Jallp’a S.A.C. Asesoria Inmobiliaria, por
presunta infracción a la Ley Nº29571, Código de Protección y Defensa del
Consumidor, la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque ha
resuelto aprobar el desistimiento del procedimiento presentado por la denunciante;
y ordenar el archivo del expediente.
Chiclayo, 18 de mayo de 2015
ANTECEDENTES
1. Mediante escritos de fecha 6 y 14 de enero de 2015, la señora Doig denunciació al
Banco, Sadorsa, Inmuebles y Recuperaciones y a Jallp’a por presuntas infracciones
de la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante
el Código).
2. En su escrito de denuncia, la señora Doig manifestó lo siguiente:
(i) Que, en el mes de agosto tomó conocimiento que el Banco adquirió en
adjudicación un terreno ubicado en la Urbanización Patazca – Chiclayo, razón
por la cual, ofreció US$250,00 para la adquisición de dicho terreno, siendo que
Jallp’a informó a Sadorsa que tenía un cliente.
(ii) Que, el 19 de septiembre de 2014 Sadorsa vía correo electrónico comunicó a
Jallp’a que su propuesta fue aprobada por US$250,000, más gastos notariales.
(iii) Que, el 25 de septiembre de 2014 le remitieron la minuta para su revisión, la
misma que fue observada por la inscripción registral, por establecer
penalidades sólo a favor del Banco; asimismo, verificó que el terreno
presentaba una hipoteca.
(iv) Que, el 28 de octubre de 2014 Sadorsa comunicó que el terreno materia de
denuncia no podía ser ofertado por menos de US$300,00, pese a que siempre
tuvo la disponibilidad del dinero acordado.
(v) Que, el 17 de noviembre de 2014 se comunicó vía notarial con el Banco,
solicitándole formalizar la transferencia de propiedad a su favor.

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