Resolución nº 182-2015/CPC-INDECOPI-CAJ de Comisión de Protección al Consumidor, de 18 de Mayo de 2015

Fecha de Resolución18 de Mayo de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente14-2015/CPC
COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL
DEL INDECOPI DE CAJAMARCA
EXPEDIENTE 0014-2015/CPC-INDECOPI-CAJ
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Jirón Amazonas Nº 785, Cajamarca Perú / Telefax: 076-363315
E-mail: mcastillo@indecopi.gob.pe / Web: www.indecopi.gob.pe
RESOLUCIÓN FINAL Nº 0182-2015/INDECOPI-CAJ
DENUNCIANTE : SECRETARÍA TÉCNICA DE LA COMISIÓN DE LA OFICINA
REGIONAL DEL INDECOPI DE CAJAMARCA (SECRETARÍA
TÉCNICA)
DENUNCIADO : COMERCIAL AYLAMBO E.I.R.L. (COMERCIAL AYLAMBO)
PROCEDIMIENTO : DE OFICIO
MATERIA : LISTA DE PRECIOS
AVISO DEL LIBRO DE RECLAMACIONES
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
AMONESTACIÓN
ACTIVIDAD : VENTA MAYORISTA DE ALIMENTOS, BEBIDAS Y TABACO
En el procedimiento iniciado de oficio por la Secretaría Técnica contra de Comercial Aylambo por
infracción al Código, la Comisión ha resuelto lo siguiente:
(i) Declarar fundada la imputación planteada en su contra por infracción al artículo 5 inciso 5.1, al
haberse acreditado que no contó con una lista en la que consten los precios de los productos
ofertados
(ii) Declarar fundada la imputación planteada en su contra por infracción al artículo 151, al haberse
acreditado que no cumpl con exhibir el aviso del libro de reclamaciones que informe a los
consumidores que podían solicitarlo para registrar sus quejas o reclamos.
SANCIÓN: Amonestación
Cajamarca, 18 de mayo de 2015
I. ANTECEDENTES
1. El 12 de diciembre de 2014 se realizó una diligencia de inspección en el establecimiento
conducido por el denunciado
1
, durante la cual se verificó que no cumplía con:
(i) Exhibir el aviso del libro de reclamaciones correspondiente, y;
(ii) contar con una lista de precios de los productos ofertados.
2. Mediante Resolución 01 del 9 de marzo de 2015 se inició de oficio un procedimiento administrativo
contra el denunciado por presuntas infracciones a los artículos 5 numeral 5.1 y 151 del Código de
2
(en adelante el Código).
1
RUC: 20512993029. Pa rtida Registral N° 11866427 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral IX, sede Lima,
Oficina Registral Lima.
2
LEY 29571, Artículo 5.- Exhibición de precios o de listas de precios
5.1 Los establecimientos comerciales están obligados a consignar de manera fácilmente perceptible para el consumidor los
precios de los productos en los espacios destinados para su exhibición. Igualmente, deben contar con una lista de precios de fácil
acceso a los consumidores. En el caso de los establecimientos que expenden una gran cantidad de productos o servicios, estas
listas pueden ser complementadas por terminales de cómputo debidamente organizados y de fácil manejo para los consumidores.

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