Resolución nº 661-2015/CC1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 6 de Mayo de 2015

Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente202-2015/CC1
COMISIÓNDEPROTECCIÓNALCONSUMIDORNº1
SEDECENTRAL
EXPEDIENTENº2022015/CC1
RESOLUCIÓNFINALNº06612015/CC1
PROCEDENCIA : LIMA
DENUNCIANTE : SERVICENTROPRISAMAE.I.R.L
(SERVICENTRO)
DENUNCIADO : CAJARURALDEAHORROYCRÉDITOCREDINKAS.A.
(LACAJA)
MATERIA : IMPROCEDENCIA
NOCIÓNDECONSUMIDORFINAL 
ACTIVIDAD : OTROTIPODEINTERMEDIACIÓNMONETARIA
Lima,6demayode2015
ANTECEDENTES
1. Mediante escrito del 20 de febrero de 2015, Servicentro denunció a la Caja por
presunta infracción de la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del
Consumidor(enadelante,elCódigo)
,señalandolosiguiente:
1
(i) La Caja la reportó negativamente ante la central de riesgos de la
Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de
Pensiones (en adelante, SBS) en los meses de septiembre, octubre y
noviembre del 2014, a pesar de encontrarse al día con el pago de las cuotas
delcréditootorgadoel25deoctubrede2013.
(ii) Solicitó como medida correctiva se ordene a la Caja la rectificación del reporte
ante la central de riesgos de la SBS; así como el pago de las costas y costos
delprocedimiento.
2. Mediante Resolución Nº 1 de fecha 7 de abril de 2015, la Secretaría Técnica de la
Comisión de Protección al Consumidor N° 1 (en adelante, la Secretaría Técnica)
requirió a Servicentro cumpla con presentar las declaraciones juradas mensuales
del IGV e Impuesto a la Renta del ejercicio 2012 en el cual conste sus ingresos netos
mensuales e indicar la finalidad de la adquisición del servicio materia de denuncia,
así como la frecuencia con la que contrata el mismo; el cual fue cumplido por la
denunciantemedianteescritodel14deabrilde2015.
ANÁLISIS
Marcolegalaplicablealanocióndeconsumidor
3. El numeral 1 del Artículo IV del Título Preliminar del Código define quiénes pueden
ser considerados como consumidores o usuarios y que, por ende, pueden acceder al
niveldeprotecciónespecialquebrindalanormativadeprotecciónalconsumidor
.
2
1 PublicadoenelDiariooficial“ElPeruano”el2deseptiembrede2010yvigentedesdeel2deoctubrede2010.
2LEYNº29571,CÓDIGODEPROTECCIÓNYDEFENSADELCONSUMIDOR
ArtículoIV.Definiciones
ParalosefectosdelpresenteCódigo,seentiendepor:
1
MCPC05/1A

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