Resolución nº 660-2015/CC1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 6 de Mayo de 2015
Fecha de Resolución | 6 de Mayo de 2015 |
Emisor | Comisión de Protección al Consumidor |
Número de expediente | 130-2015/CC1 |
COMISIÓNDEPROTECCIÓNALCONSUMIDORNº1
SEDECENTRAL
EXPEDIENTENº1302015/CC1
RESOLUCIÓNFINALNº06602015/CC1
PROCEDENCIA : LIMA
DENUNCIANTE : INVERSIONESZOPPIS.A.
(INVERSIONES)
DENUNCIADO : BBVABANCOCONTINENTALS.A.
(ELBANCO)
MATERIA : IMPROCEDENCIA
NOCIÓNDECONSUMIDORFINAL
ACTIVIDADES: OTROSTIPOSDEINTERMEDIACIÓNMONETARIA
Lima,6demayode2015
ANTECEDENTES
1. El 4 de febrero de 2015, complementado con escrito del 14 de abril de 2015,
Inversiones representado por su Gerente General el señor Luciano Zoppi Taddei
denunció al Banco por presuntas infracciones a la Ley Nº 29571, Código de Protección
yDefensadelConsumidor (enadelanteelCódigo),señalandolosiguiente:
1
(i) Los días 27 de febrero, 8 de mayo, 6 de diciembre y 14 de diciembre de 2012
celebró con el Banco cinco (5) contratos de préstamo en virtud de los cuales se le
desembolsóelimportecapitaltotaldeUS$724000,00.
(ii) Durantes los meses de marzo y abril de 2014, canceló de forma anticipada el
saldo deudor correspondiente a los préstamos otorgados por el Banco,
cobrándosele indebidamente una comisión de 2% por ejercer su derecho a
efectuarpagosanticipados.
2. Mediante Resolución Nº 1 del 7 de abril de 2015, la Secretaría Técnica requirió a
Inversionesquecumplacon:
(i) Presentar las declaraciones juradas mensuales del Impuesto General a las Ventas
(IGV) e Impuesto a la renta (IR) en el cual conste: los ingresos netos mensuales
delejerciciodelaño2011.
(ii) Indicar la finalidad de la adquisición del servicio materia de denuncia, así como la
frecuenciaconlaquecontrataelmismo.
3. El 14 de abril de 2014, Inversiones absolvió el requerimiento efectuado señalando lo
siguiente:
1 PublicadoenelDiariooficial“ElPeruano”el2deseptiembrede2010yvigentedesdeel2deoctubrede2010.
MCPC05/1A
1
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba