Resolución nº 272-2015/CPC-INDECOPI-PIU de Comisión de Protección al Consumidor, de 7 de Mayo de 2015

Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente102-2015/CPC
COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI DE PIURA
RESOLUCION Nº 272-2015/INDECOPI-PIU
EXP. EN ORPS Nº 195-2014-LCC/PS-INDECOPI-PIU
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INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECC IÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Avenida Los Cocos Nº 268, Urbanización Club Grau, Piura Perú / Telefax: 073-308549
E-mail: apena@indecopi.gob.pe / Web: www.indecopi.gob.pe
PROCEDENCIA : ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS
SUMARÍSIMO
DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR DE LA OFICINA
REGIONAL DEL INDECOPI DE PIURA (ORPS)
PROCEDIMIENTO : SUMARÍSIMO
DENUNCIANTE : GLOWER ADHETMIR ARÉVALO IRCAS (EL SEÑOR
ARÉVALO)
DENUNCIADO : BBVA BANCO CONTINENTAL (EL BANCO)
MATERIA : LIQUIDACION DE COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
SUMILLA: En el procedimiento iniciado por el señor Glower Adhetmir Arévalo Ircas contra
BBVA Banco Continental, la Comisión ha resuelto revocar en parte la resolución venida en
grado, que ordenó a al Banco que, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, cumpla
con pagar al señor Arévalo, por concepto de costos, el monto ascendente a S/. 5,000.00 y,
reformándola, corresponde denegar la solicitud de pago de costos efectuada al haber
quedado acreditada la desproporción del monto de los costos solicitados.
Piura, 7 de mayo de 2015.
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución Nº 550-2014/PS-INDECOPI-PIU del 18 de julio de 2014, el ORPS
resolvió:
CUARTO: Ordenar a BBVA Banco Continental que en un plazo no mayor a cinco (5)
días hábiles contados a partir de la notificación de la presente resolución, cumpla con
pagar al señor Glower Adhetmir Arévalo Ircas la suma de S/. 36.00 por concepto de
costas del procedimiento. Ello, sin perjuicio del derecho del denunciante de solicitar el
reembolso de los montos adicionales en que hubiese incurrido para la tramitación del
presente procedimiento, para lo cual deberá presentar una solicitud de liquidación de
costas y costos.”
2. Mediante Resolución Nº 9, el ORPS rectificó el error material en el que incurrió al
consignar el Nº 550-2014/PS-INDECOPI-PIU como número de la Resolución Final debiendo ser
el Nº 558-2014/PS-INDECOPI-PIU.
3. Mediante Resolución Nº 629-2014/INDECOPI-PIU, la Comisión de la Oficina Regional
del Indecopi de Piura ( en adelante la Comisión), resolvió:
“PRIMERO: Confirmar en parte la Resolución Final Nº 0550-2014/PS0-INDECOPI-PIU
del 18 de julio de 2014, emitida por el Órgano Resolutivo de Procedimiento Sumarísimos
de Protección al Consumidor de la Oficina Regional del INDECOPI de Piura, en el
extremo que declaró fundada la denuncia presentada por el señor Glower Adhetmir
Arévalo Ircas contra BBVA Banco Continental sobre Incumplimiento de Medida
Correctiva; y sancionó al BBVA Banco Continental con una multa ascendente a 3 (tres)
Unidades Impositivas Tributarias (UIT).”

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