Resolución nº 150-2015/CPC-INDECOPI-CAJ de Comisión de Protección al Consumidor, de 21 de Abril de 2015
Fecha de Resolución | 21 de Abril de 2015 |
Emisor | Comisión de Protección al Consumidor |
Número de expediente | 41-2014/CPC |
COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL
DEL INDECOPI DE CAJAMARCA
EXPEDIENTE N° 0041-2014/CPC-INDECOPI-CAJ
Expediente N° 0042-2014/CPC-INDECOPI-CAJ
Expediente N° 0044-2014/CPC-INDECOPI-CAJ
Expediente N° 0045-2014/CPC-INDECOPI-CAJ
(Acumulados)
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
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E-mail: mcastillo@indecopi.gob.pe / Web: www.indecopi.gob.pe
RESOLUCIÓN FINAL Nº 0150-2015/INDECOPI-CAJ
DENUNCIANTES : JHEYMI MERCEDES MARTÍNEZ SALCEDO (SEÑORA MARTÍNEZ)
DANIEL SAJAMI ESTRADA (SEÑOR SAJAMI)
ALISSON YESSENIA ROMERO CABRERA (SEÑORA ROMERO)
ARNOLD ELADIO SANTA CRUZ SACSACHIN (SEÑOR SANTA
CRUZ)
DENUNCIADO : EL ANTIQUA S.A.C. (EL ANTIQUA)
MATERIA : TRATO DIFERENCIADO
LIBRO DE RECLAMACIONES
ACTIVIDAD : RESTAURANTES, BARES Y CANTINAS
En el procedimiento iniciado por los señores Martínez, Sajami, Romero y Santa Cruz contra El
Antiqua por infracción al Código, la Comisión ha resuelto lo siguiente:
(i) Declarar infundada la imputación planteada en su contra por supuesta infracción a los
artículos 1.1 literal d), 38 , en tanto, no está acreditado que el 5 de noviembre de 2014
impidió a los denunciantes acceder a los servicios que brindaba.
(ii) Declarar fundada la imputación planteada en su contra por infracción al artículo 152, al
haberse acreditado que el 5 de noviembre de 2014 no entregó el Libro de Reclamaciones a
los denunciantes, cuando en compañía de la señora Tavera lo solicitaron.
(iii) Ordenar al denunciado que proceda a pagar a cada uno de los denunciantes la suma de S/.
36,00 por concepto de costas del procedimiento. Ello, sin perjuicio del derecho de los
denunciantes a solicitar la liquidación de las costas y costos una vez concluida la instancia
administrativa.
Cajamarca, 21 de abril de 2015.
I. ANTECEDENTES
1. Mediante escritos del 21 y 28 de noviembre de 2014, los señores Martínez, Sajami, Romero y Santa
Cruz, presentaron denuncias contra El Antiqua
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por presuntas infracciones al Código de Protección
y Defensa del Consumidor (en adelante el Código). Señalaron lo siguiente:
(i) El 5 de noviembre de 2014, aproximadamente a las 22:00 horas, acudieron en compañía de la
señorita Evelin Katherine Tavera Ventura (señora Tavera) al local comercial del denunciado
denominado “Rústica”, agregaron que una vez ubicados en una de las mesas del salón
principal y luego de quince (15) minutos aproximadamente sin ser atendidos, decidieron pasar
al ambiente del karaoke para que fueran atendidos;
(ii) luego que esperaron diez (10) minutos aproximadamente, se acercó el señor “Carlos”, personal
de seguridad, quien les informó que por disposición de la “Subgerente” no serían atendidos y
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RUC: 20538610837 y con Partida Registral N° 12641695 del Registro de Personas Jurídicas. Zona Registral N° IX Sede
Lima. Oficina Registral Lima.
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