Resolución nº 85-2015/CPC-INDECOPI-LOR de Comisión de Protección al Consumidor, de 16 de Abril de 2015

Fecha de Resolución16 de Abril de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente45-2014/CPC
COMISIÓN DE LA OFICINA RE GIONAL DEL
INDECOPI DE LORETO
EXPEDIENTE Nº 045-2014/ CPC-INDECOPI-
LOR
1/5
M-CPC-05/1A
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad I ntelectual
Jirón Putumayo 446, Iquitos - Perú Telf.: 24-3490
E-mail: fruiz@indecopi.gob.pe / Web: www.indecopi.gob.pe
RESOLUCIÓN FINAL Nº 085-2015-INDECOPI-LOR
PROCEDENCIA : LORETO
DENUNCIANTE : RUMY ALBERTO ALEGRIA ALMEYDA (SEÑOR
ALEGRIA)
DENUNCIADOS : BANCO DE CREDITO DEL PRERÙ S.A. (BCP)
1
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
SUMILLA: Se acepta el desistimiento presentado por el señor RUMY ALBERTO
ALEGRIA ALMEYDA respecto del procedimiento iniciado en contra del BANCO
DE CRÈDITO DEL PERÙ S.A., en consecuencia se dispone el archivo del
expediente.
Iquitos, 16 de abril de 2015
I. ANTECEDENTES
1. Mediante Memorándum N° 134-2014/PSO-INDECOPI-LOR de fecha 06 de
agosto de 2014, el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos deriva el
escrito de fecha 18 de julio de 2014, subsanado mediante escrito de fecha 21 de
agosto de 2014
2
, donde el SEÑOR ALEGRÍA presentó su denuncia en contra del
BCP por presunta infracción a la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa
del Consumidor (en adelante el Código), señalando lo siguiente:
1.1. Que, el día 18 de enero de 2014, el SEÑOR ALEGRÍA presentó su reclamo
en INDECOPI en contra del BCP, en el cual solicitaba el estado consolidado
de todas sus compras, disposiciones de efectivo y pagos realizados a su
tarjeta de crédito N° 4634-4959-9015, desde su otorgamiento hasta la fecha,
siendo que el 28 de enero de 2014 el BCP presentó en las oficinas de
INDECOPI el reporte de todos los consumos, disposición de efectivo,
intereses y pagos desde la apertura de la tarjeta de crédito hasta la fecha de
presentación del reclamo.
1.2. Que, mediante audiencia de conciliación llevada a cabo el día 03 de febrero
de 2014 en las oficinas de INDECOPI, el SEÑOR ALEGRÍA no llego a ningún
acuerdo con el BCP porque en el reporte proporcionado por el BCP se
consignó dos cargos que no correspondían a ningún consumo realizado por
el SEÑOR ALEGRÍA.
1 RUC N° 20100047218
2 Mediante Resolución N° 01 de fecha 12 de agosto de 2014, se requirió al denunciante qu e subsane las
observaciones efectuadas a su escrit o de denuncia, siendo q ue estas fueron subsan as el 21 de agosto de 2014,
dentro del plazo concedido.

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