Resolución nº 215-2015/CPC-INDECOPI-PIU de Comisión de Protección al Consumidor, de 13 de Abril de 2015

Fecha de Resolución13 de Abril de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente187-2014/CPC
COMISIONDELAOFICINAREGIONALDELINDECOPIDEPIURA
RESOLUCIONNº2152015/INDECOPIPIU
EXPEDIENTENº1872014/CPCINDECOPIPIU
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DENUNCIANTE : OBDULIOPASTORORDINOLA(ELSEÑORPASTOR)
DENUNCIADO : BANCODECOMERCIOS.A.(BANCODECOMERCIO)
MATERIA : IDONEIDADDELSERVICIO
ATENCIÓNDERECLAMOS
MÉTODOSABUSIVOSDECOBRANZA
MÉTODOSCOMERCIALESCOERCITIVOS
ACTIVIDAD : OTROSTIPOSDEINTERMEDIACIÓNMONETARIA
SUMILLA: En el procedimiento de denuncia iniciado por el señor Obdulio Pastor Ordinola    
contra Banco de Comercio S.A., la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Piura ha
resuelto:
i) Declarar fundada en parte la denuncia interpuesta por infracción a los artículos 18
y 19 del Código, al haber quedado acreditado que Banco de Comercio descontó
indebidamente de la planilla de pensiones del señor Pastor una suma superior a la
que había autorizado de acuerdo a los nuevos cronogramas enviados al
denuncianteenelmesdejuniode2014.Porello,selesancionacon4UIT.
ii) Declarar infundada en parte la denuncia interpuesta por presunto incumplimiento a
lo establecido en los artículos 18 y 19 del Código, al haber quedado acreditado que
Banco de Comercio reportó correctamente al señor Pastor durante los meses de
septiembre y octubre de 2014, con calificación de “con problemas potenciales”
antelaCentraldeRiesgosPrivadaSentinel.
iii) Declarar fundada la denuncia interpuesta por infracción a lo establecido en el
artículo 88 del Código, al haber quedado acreditado que Banco de Comercio
atendió tardíamente el reclamo presentado por el señor Pastor mediante carta del
19deagostode2014.Porello,selesancionacon2UIT.
iv) Declarar infundada la denuncia interpuesta por presunto incumplimiento a lo
establecido en el artículo 62 inciso a) del Código, en tanto ha quedado acreditado
que el Banco de Comercio no aplicó, en perjuicio del señor Pastor, métodos
abusivosdecobranza.
v) Declarar infundada la denuncia interpuesta por infracción al artículo 56° numeral 1
literal c) del Código, en tanto ha quedado acreditado que Banco de Comercio no
refinanció de manera unilateral los cronograma de pagos de las operaciones de
crédito 067000521355, 067000561937 y 067000582621, sin el previo     
consentimientodelseñorPastor.
vi) Ordenar al Banco de Comercio S.A. que en un plazo no mayor a cinco (5) días
hábiles de notificado con la presente resolución, cumpla con extornar las cuotas
indebidamente cargadas al denunciante, e informe a su empleador sobre el monto
exacto a descontar de acuerdo a los cronogramas de pago emitidos en el mes de
juniode2014.
vii) Declarar improcedente la solicitud de medida correctiva presentada por el señor
Obdulio Pastor Ordinola respecto rectificación del reporte indebido ante las
centralesderiesgoyalaimposicióndeunasanción.
viii) Ordenar al Banco de Comercio S.A. que en un plazo no mayor a cinco (5) días
hábiles contados a partir de la notificación de la presente resolución, cumpla con
pagar al señor Obdulio Pastor Ordinola la suma de S/. 36.00 (treinta y seis y 00/100
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AvenidaLosCocosN°268,UrbanizaciónClubGrau,Piura–Perú/Telefax:073308549
Email:apena@indecopi.gob.pe/Web:www.indecopi.gob.pe
MCPC01/2A
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Nuevos Soles) por concepto de costas del procedimiento. Ello, sin perjuicio del
derecho del denunciante de solicitar la liquidación de las costas y costos una vez
concluidalainstanciaadministrativa.
SANCIÓN : 4UITporinfracciónalosartículos18°y19°delCódigo.
2UITporinfracciónalartículo88°delCódigo.
Piura,13deabrilde2015.
ANTECEDENTES
Hechosmateriadedenuncia:
1. El 20 de octubre del 2014, el señor Pastor denunció a Banco de Comercio por presunto
incumplimiento de la LeyNº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (en
adelante,elCódigo),señalando:
(i) Que, es titular de un crédito por convenio otorgado por Banco de Comercio, siendo que,
las cuotas del mismo son canceladas mediante descuento de la planilla de su empleador
laPolicíaNacionaldelPerú.
(ii) Que, le solicitó al Banco de Comercio acogerse al beneficio del periodo de gracia que
otorga la denunciada al personal policial en actividad que pasa a una nueva situación de
retiro, beneficio que le fue otorgado por un periodo de 120 días (abril, mayo, junio y julio
de2014).
(iii) Indica que en julio de 2014 recibió la Carta N° 882NCL/CPOL0614, de fecha 27 de
junio de 2014, remitida por Banco de Comercio, a través de la cual le adjuntó tres (3)
nuevos cronogramas de pago correspondientes a sus créditos, siendo que, de acuerdo a
los mismos, los pagos de las cuotas mensuales se reanudarían en el mes de agosto de
2014.
(iv) Que, en agosto de 2014 luego de obtener la condición de pensionista al verificar la
planilla virtual en el portal de la Caja Militar Policial, visualizó que en el rubro de
descuentos a favor de Banco de Comercio se consignó un monto superior a la sumatoria
de las cuotas que le correspondía cancelar, consignándose un monto total de S/. 800.40
cuando de acuerdo a los cronogramas enviados el monto a cancelar debía ser de S/.
712.05.
(v) Que, reclamó vía telefónica ante la funcionaria de Banco de Comercio, Karla Flores,
quienleseñalóquellamaradespués,sinsolucionarleelproblema.
(vi) Que, el 19 de agosto de 2014, envió una solicitud requiriendo la devolución del dinero
descontado indebidamente, requiriendo que se dé estricto cumplimiento a los
cronogramasdepagos.
(vii) Que, ha empezado a recibir visitas a su domicilio habitual y llamadas telefónicas de
funcionariosdeBancodeComerciorequiriendoelpagodelascuotas.
(viii) Que, nuevamente en los meses de setiembre y octubre de 2014 se le volvió a descontar
el monto ascendente a S/. 800.40. Asimismo, agregó que, recién en dicho mes le dieron
respuestaasucarta.
(ix) Que, actualmente se encuentra reportado ante la Central Privada de Riesgo Sentinel con
calificaciónconproblemaspotenciales.
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