Resolución nº 228-2015/OPS3 de Comisión de Protección al Consumidor, de 24 de Marzo de 2015

Fecha de Resolución24 de Marzo de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente1677-2015/PS3
ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDI MIENTOS SUMARÍSIMOS
DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 3
EXPEDIENTE Nº 1677-2014/PS3
1
M-OPS-03/1B
RESOLUCIÓN FINAL N° 228-2015/PS3
EXPEDIENTE : 1677-2014/PS3
AUTORIDAD : ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS SUMARÍSIMOS
DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR N° 3 (OPS)
INTERESADA : ADA MARIBEL TELLO DE ANDIA
(LA SEÑORA TELLO)
DENUNCIADA : LA CASA DEL MACHIMBRADO SELECTO S.A.C.1
(LA CASA DEL MACHIMBRADO)
MATERIAS : PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR
MEDIDAS CORRECTIVAS
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
COSTAS Y COSTOS DEL PROCEDIMIENTO
ACTIVIDAD : VENTA MAYORISTA DE OTROS PRODUCTOS
SANCIONES:
- Una (1) Unidad Impositiva Tributaria por haber incurrido en infracción a lo establecido
en el artículo 1 9° del Código de Protección y D efensa del Consumidor, al haberse
acreditado durante el procedimiento que no cumplió con la colocación de piso
machimbrado idóneo en e l domicilio de la señora Ada Maribel Tello de Andia, toda vez
que presentó aberturas, sin que se le brinde alternativas de solución al respecto.
- Una (1) Unidad Impositiva Tributaria por haber incurrido en infracción a lo establecido
en el artículo 1 9° del Código de Protección y D efensa del Consumidor, al haberse
acreditado durante el procedimiento que no cumplió con su obligación de entregar
comprobante de pago de su establecimiento a la señora Ada Maribel Tello de Andia.
Lima, 24 de marzo de 2015
I. ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución N° 1 del 28 de enero de 2015, el OPS inició un procedimiento sancionador
contra la Casa del Machimbrado por presunta infracción al Código de P rotección y Defensa del
Consumidor (en adelante, el Código) señalando lo siguiente:
“(…)
PRIMERO: Iniciar el procedimiento administrativo sancionador a La Casa del Machimbrado
Selecto S.A.C. por presunta infracción a lo establecido en el artículo 19º del Código de
(i) Habría brindado un servicio de colocación de piso de machimbrado no idóneo, por cuanto
al poco tiempo de uso empezó a abrirse, generando el desnivel del piso, sin cumplir con
efectuar reparaciones ni brindarle una solución.
1 R.U.C. N° 20554598278

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