Resolución nº 211-2015/CPC-INDECOPI-LAM de Comisión de Protección al Consumidor, de 27 de Marzo de 2015

Fecha de Resolución27 de Marzo de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente41-2015/CPC
COMISION DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LAMBAYEQUE
RESOLUCION Nº 0211-2015/INDECOPI-LAM
EXP. EN ORPS Nº 002-2015-LCC/PS0-INDECOPI-L AM
EXP. EN COMISION Nº 041-2015-AP/CPC-INDECOPI-LAM
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RESOLUCIÓN FINAL Nº 0211-2015/INDECOPI-LAM
PROCEDENCIA : ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS
SUMARÍSIMOS DE LA OFICINA REGIONAL DE
INDECOPI DE LAMBAYEQUE
PROCEDIMIENTO : SUMARÍSIMO
DENUNCIANTE : FRANCIS FRANCO RODRÍGUEZ SALAZAR (SEÑOR
RODRÍGUEZ)
DENUNCIADO : SCOTIABANK PERÚ S.A.A. (EL BANCO)
MATERIA : LIQUIDACIÓN DE COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
SUMILLA: Confirmar la Resolución Nº 0057-2015/PS0-INDECOPI-LAM, del 2 de
febrero de 2015, emitida por el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos
de Protección al Consumidor de la Oficina Regional del Indecopi Lambayeque en el
extremo que ordenó a Scotiabank Perú S.A.A. cumpla con pagar a favor del señor
Francis Franco Rodríguez Salazar, la suma de S/.385.00 nuevos soles por concepto
de costos.
Chiclayo, 27 de marzo de 2015
ANTECEDENTES
1. El 19 de noviembre del 2014, el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos
de Protección al Consumidor de la Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque (en
adelante, el ORPS), declaró fundada la denuncia presentada por el señor Rodríguez
en contra del Banco (Expediente Nº 395-2014/PS0-INDECOPI-LAM), mediante la
Resolución Final Nº 0492-2014/PS0-INDECOPI-LAM. Dicha resolución fue declarada
consentida.
2. El 8 de enero del 2015, el señor Rodríguez solicitó al ORPS el pago de costas y
costos del procedimiento por la suma de S/. 10,072.00. Dicho importe incluiría las
tasas administrativas canceladas y los honorarios profesionales de su abogado.
3. El 9 de enero del 2015, a través de la Resolución Nº 03, el ORPS puso de
conocimiento al Banco la solicitud de liquidación de costas y costos del señor
Rodríguez, otorgándole un plazo de (7) siete días hábiles para que cumpla con
pronunciarse; siendo que, el 21 de enero del 2015, el Banco presentó sus
observaciones a dicho pedido.
4. El 2 de febrero de 2015, mediante Resolución Nº 0057-2015/PS0-INDECOPI-LAM, el
ORPS emitió el siguiente pronunciamiento:
(i) ordenar al Banco que cumpla con pagar al señor Rodríguez la suma de S/.72.00
por concepto de costas.
(ii) denegar el pedido de costos formulado por el señor Rodríguez; y, reformándolo
ordenar al Banco que cumpla con pagar al señor Rodríguez la suma de S/.385.00
por concepto de costos del procedimiento.
5. Mediante escrito del 12 de febrero del 2015 el señor Rodríguez interpuso recurso de
apelación, manifestando lo siguiente:

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