Resolución nº 205-2015/CPC-INDECOPI-LAM de Comisión de Protección al Consumidor, de 27 de Marzo de 2015

Fecha de Resolución27 de Marzo de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente29-2015/CPC
COMISION DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LAMBAYEQUE
RESOLUCION Nº 0205-2015/INDECOPI-LAM
EXPEDIENTE Nº 0029-2015/CPC-INDECOPI-LA M
1/5
DENUNCIANTE : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI DE
LAMBAYEQUE
DENUNCIADA : JESICA ELIZABETH MUÑOZ ZEGARRA
1
(LA SEÑORA MUÑOZ)
MATERIA : PROCEDIMIENTO DE OFICIO
LIBRO DE RECLAMACIONES
ACTIVIDAD : VTA. MIN. PRODUCTOS TEXTILES, CALZADO.
Chiclayo, 27 de marzo del 2015
ANTECEDENTES
1. Con la finalidad de verificar el cumplimento de las disposiciones contenidas en la Ley
Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante el Código) y en el
Decreto Supremo Nº 011-2011-PCM, Reglamento del Libro de Reclamaciones (en
adelante el Reglamento), por parte de los distintos establecimientos comerciales de la
región, la Secretaría Técnica de la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de
Lambayeque (en adelante la Secretaría Técnica) ha venido realizando actividades de
fiscalización respecto de la implementación del Libro de Reclamaciones.
2. En atención a ello, la Secretaría Técnica programó una diligencia de inspección en el
establecimiento de la señora Jesica Elizabeth Muñoz Zegarra, en adelante la denunciada,
la misma que se llevó a cabo el día 20 de marzo del 2015.
3. Mediante Informe Nº 051-2015/INDECOPI-LAM de fecha 25 de marzo del 2015, la
Secretaría Técnica puso en conocimiento de la Comisión la investigación realizada al
establecimiento de la señora Jesica Elizabeth Muñoz Zegarra, respecto a la obligación de
contar con el Libro de Reclamaciones
2
, exhibir su aviso correspondiente
3
, así como el
incumplimiento de las disposiciones contenidas en el Reglamento del Libro de
Reclamaciones
4
.
4. De acuerdo con lo señalado en dicho informe y de la diligencia de inspección realizada en
el establecimiento denunciado el 20 de marzo del 2015, se pudo constatar lo siguiente:
ESTABLECIMIENTO
FECHA
DIRECCION
SE VERIFICÓ
JESICA ELIZABETH
MUÑOZ ZEGARRA
20/03/2015 Av. Balta N° 989
int 73 -
Chiclayo
- El establecimiento no c uenta con el aviso del
Libro de Reclamaciones.
- El establecimiento no c uenta con un Libro de
Reclamaciones.
1 DNI Nº 16784802.
2 LEY Nº 29571, CÓDIGO DE PROTE CCIÓN Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Artículo 150º.- Libro de reclamaci ones
Los establecimientos com erciales deben contar con un li bro de reclamaciones, en form a física o virtual. El reglament o establece
las c ondiciones, los supuestos y l as demás especificaciones para el cumplimiento de la obligaci ón señalada en el presente
artículo.
Artículo 151º.- Exhibición del li bro de reclamaciones
A efectos del artículo 150º, los establecim ientos comerciales deben exhibir, en un lugar visible y fácilmente accesible al público,
un aviso que indique la exist encia del libro de reclamaciones y el derecho que tien en los consumidores de solicitarlo cuando lo
estimen conveniente.
4 Decreto Supremo Nº 011-2011- PCM

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