Resolución nº 35-2015/PS0-INDECOPI-SAM de Comisión de Protección al Consumidor, de 27 de Marzo de 2015

Fecha de Resolución27 de Marzo de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente15-2015/PS0
ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIE NTOS SUMARÍSIMOS
DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI DE SAN MARTIN
RESOLUCIÓN FINAL Nº 035-2015/PS0-INDECOPI-SAM
EXPEDIENTE Nº 015-2015/PS0-INDECOPI-SAM
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual
Jr. Antonio Raimondi Nº 328 – Tarapoto, San Martín / Telefax.:042-529727
E-mail: mveliz@indecopi.gob.pe / Web: www.indecopi.gob.pe
M-OPS-03/1A
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RESOLUCIÓN FINAL Nº 035-2015/PS0-INDECOPI-SAM
EXPEDIENTE : 015-2015/PS0-INDECOPI-SAM
AUTORIDAD : ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS SUMARÍSIMOS
DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR DEL INDECOPI DE SAN
MARTÍN (ORPS)
DENUNCIANTE : CARLOS ALBERTO CELIS AMAYO (SEÑOR CELIS)
DENUNCIADO : TURISMO CIVA S.A.C (CIVA)
MATERIA : PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR
MEDIDAS CORRECTIVAS
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
MULTA
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE TRANSPORTE REGULAR VIA TERRESTRE
Tarapoto, 27 de marzo de 2015
I. ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución Nº 1 de fecha 20 de febrero de 2015 el ORPS inició un
procedimiento administrativo sancionador en contra de Civa por presunta infracción
a lo establecido en los artículos 19º del Código de Protección y Defensa del
Consumidor (en adelante, el Código) en tanto que: “no habría devuelto al señor
Celis, el importe pagado por la compra del pasaje que adquirió para el 03 de febrero
de 2015 para la ruta Tarapoto - Chiclayo, pese a que no lo trasladó a su destino.”
2. El 06 de marzo de 2015, Civa presentó sus descargos manifestando lo siguiente:
i) Indicaron que el viaje se interrumpió por caso fortuito deslizamientos de tierra
en el sector de Pedro Ruiz, Provincia Bongará, retornando por órdenes de la
autoridad, el denunciante conversó con el administrador mostrando una actitud
poco amable incluso quiso agredirlo fisicamente, no obstante, señalaron que
ofrecieron a los pasajeros las siguientes posibles soluciones: a) dejar el pasaje
en fecha abierta, b) devolución del pasaje o c) la reprogramación del mismo,
agregaron que el denunciante no ha probado sus afirmaciones.
II. ANÁLISIS
Marco legal aplicable
Protección de intereses económicos
3. El artículo 65º de la Constitución Política del Perú consagra la defensa por el Estado
Peruano de los intereses de los consumidores
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. Una de las manifestaciones de
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