Resolución nº 436-2015/CC1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 18 de Marzo de 2015
Fecha de Resolución | 18 de Marzo de 2015 |
Emisor | Comisión de Protección al Consumidor |
Número de expediente | 293-2014/CC1 |
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 1
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 293-2014/CC1
1
MCPC05/1A
RESOLUCIÓNFINALNº04362015/CC1
DENUNCIANTE : GEOVANALIZZETHLÓPEZHUAMÁN
(LASEÑORALÓPEZ)
DENUNCIADO : CLÍNICASANTAMARÍADELSURS.A.C.
(LACLÍNICA)
MATERIAS : PROTECCIÓNALCONSUMIDOR
DESISTIMIENTODELAPRETENSIÓN
ACTIVIDAD : ACTIVIDADESRELACIONADASCONLASALUD
HUMANA
Lima,18demarzode2015
ANTECEDENTES
1. Medianteescrito del28 demarzo de2014, laseñora Lópezdenunció ala Clínicapor
presuntas infracciones a la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del
Consumidor(enadelante,elCódigo),señalandolosiguiente:
(i) Alas18:00 horasdel 9dediciembrede2013, encontrándosecon uncuadrode
saludestable, ingresóal serviciode emergenciade la Clínicapara sometersea
unprocedimientodelegradouterino,debidoaquepresentóunabortofrustro.
(ii) Se le informó que dicho procedimiento no revestiría gravedad alguna, que se
realizaríade formaambulatoria yduraría veinte(20)minutos aproximadamente,
debiendopermanecer enla Clínica durantedos (2)horas paraluego retirarse a
sudomicilio.
(iii) Sin embargo, el procedimiento de legrado uterino inició a las 22:00 horas de
dichodía yfinalizó alas 4:00horas deldía siguiente,es decir,permanecióseis
(6) horas en la Sala de Operaciones, presentándose los siguientes hechos en
dicholapso:(a)se leperforóelúteroocasionándole lanecesidadderealizarlela
extirpación de dicho órgano, lo que puso en riesgo su salud; (b)el personal
médico que la intervino no contaba con la experiencia requerida para la
realización del procedimiento; (c) se le ocasionó una laceración en el colon
sigmoideyenlavejiga, porloquetuvoque colocárseleunasondavesical;y, (d)
se le practicó una laparotomía exploratoria sin que brindara su consentimiento
informado.
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