Resolución nº 157-2015/CPC-INDECOPI-LAM de Comisión de Protección al Consumidor, de 16 de Marzo de 2015

Fecha de Resolución16 de Marzo de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente158-2014/CPC
COMISION DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LAMBAYEQUE
RESOLUCION Nº 0157-2015/INDECOPI-LAM
EXPEDIENTE Nº 158-2014/CPC-INDECOPI-LAM
M-CPC-05/1A
1/8
RESOLUCIÓN FINAL Nº 0157-2015/INDECOPI-LAM
PROCEDENCIA : LAMBAYEQUE
DENUNCIANTES : TEONILA VERA NAUCA (LA SEÑORA VERA)
OSCAR BARBOZA BURGA (EL SEÑOR BARBOZA)
DENUNCIADOS : CORIEX DS S.A.C. (CORIEX)
1
MIBANCO BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A.
(MIBANCO)
2
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
INFORMACIÓN RELEVANTE
GRADUACION DE LA SANCIÓN
MEDIDA CORRECTIVA
ACTIVIDAD : VTA. MAY. MAQUINARIA, EQUIPO Y MATER.
OTROS TIPOS DE INTERMEDIACION FINANCIERA
SUMILLA: En la denuncia presentada por la señora Teonila Vera Nauca y el
señor Oscar Barboza Buga contra Coriex DS S.A.C. y MiBanco Banco de la
Microempresa S.A., la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de
Lambayeque ha resuelto, declarar improcedente la denuncia en tanto los
denunciantes no califican como consumidores finales.
Chiclayo, 16 de marzo de 2015
I. ANTECEDENTES
1. Mediante escrito de denuncia del 13 de octubre del 2014, complementado con
escritos del 17 de noviembre de 2014 y 29 de diciembre de 2014, la señora Vera y
el Señor Barboza (en adelante, Los denunciantes), denunciaron a Coriex y a
MiBanco por presuntas infracciones a la Ley Nº 29571, Código de Protección y
Defensa del Consumidor (en adelante el Código) manifestando lo siguiente:
(i) Se dedican al comercio de productos manufacturados (ropa, plásticos entre
otros); razón por la cual, decidieron adquirir un vehículo para el transporte de
dicha mercadería.
(ii) En octubre de 2012, por intermediación de Coriex accedieron a un crédito
vehicular con MiBanco; siendo que, el vehículo al día siguiente de su
adquisición presentó fallas mecánicas; sin embargo, pese a que ha sido
revisado técnicamente en varias oportunidades y la unidad ha sido llevada por
ocho a nueve veces al servicio técnico ha continuado presentando
desperfectos que no han sido solucionados.
(iii) En atención a la garantía ofrecida de 40,000 km. de recorrido el vehículo aún
se encuentra dentro de su cobertura; siendo que, la unidad ha recorrido
23,620 km.
(iv) Debe disponerse de una pericia técnica efectuada por ingenieros mecánicos a
efectos de conocer la verdad de los hechos.
1
CORIEX DS S.A.C. con RUC N° 20503464129 y Partida Registral N° 11361697.
2
MIBANCO BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., con RUC N° 20382036655 y Partida Registral
N°11020316

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