Resolución nº 37-2015/CPC-INDECOPI-LOR de Comisión de Protección al Consumidor, de 27 de Febrero de 2015
Fecha de Resolución | 27 de Febrero de 2015 |
Emisor | Comisión de Protección al Consumidor |
Número de expediente | 65-2014/CPC |
COMISIÓN
DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LORETO
EXPEDIENTE Nº 065-2014/ CPC-INDECOPI-
LOR
1/6
M-CPC-05/1A
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad I ntelectual
Jirón Putumayo 446, Iquitos - Perú Telf.: 24-3490
E-mail: fruiz@indecopi.gob.pe / Web: www.indecopi.gob.pe
RESOLUCIÓN FINAL Nº 037-2015-INDECOPI-LOR
PROCEDENCIA : LORETO
DENUNCIANTE : SANDRA DEL CARMEN RODRIGUEZ GARCIA
(SEÑORA RODRIGUEZ)
DENUNCIADOS : BANCO INTERNACIONAL DEL PERÚ S.A.A.
(INTERBANK)
1
TOTAL ARTEFACTOS S.A. (TOTAL ARTEFACTOS)
2
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
VTA. MIN. EQUIPO DE USO DOMESTICO
SUMILLA: Se acepta el desistimiento presentado por la señora SANDRA DEL
CARMEN RODRIGUEZ GARCIA respecto del procedimiento iniciado en contra
del BANCO INTERNACIONAL DEL PERÚ S.A.A. – INTERBANK y TOTAL
ARTEFACTOS S.A., en consecuencia se dispone el archivo del expediente.
Iquitos, 27 de febrero de 2015
I. ANTECEDENTES
1. Mediante Memorándum N° 177-2014/PSO-INDECOPI-LOR de fecha 02 de
diciembre de 2014, el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos deriva
el escrito de fecha 14 de noviembre de 2014, donde la SEÑORA RODRIGUEZ
denunció a INTERBANK y TOTAL ARTEFACTOS por presunta infracción a la
3
, Código de Protección yDefensa del Consumidor (en adelante el
Código), señalando lo siguiente:
1.1. Que, mantiene con INTERBANK la cuenta de ahorro Nº 740-
00003041268659, donde su empleador realiza mensualmente sus abonos
correspondientes a su remuneración mensual, habiéndole entregado
INTERBANK una tarjeta de débito.
1.2. Que, ante la pérdida de su DNI, el 04 de agosto de 2014 se apersonó al call
center ubicado en las agencias del Jr. Benavides Surco – Lima del banco
INTERBANK, en donde habría solicitado el bloqueo de su tarjeta de débito.
1.3. Posteriormente, al solicitar los últimos movimientos de su cuenta de ahorros
habría verificado que el saldo que mantenía con INTERBANK habría
disminuido producto de operaciones que no reconoce, los mismos que fueron
1 RUC N° 20100053455
2 RUC N° 20331429601
3 Ley Nº 29571- Código de Protección y Defensa del Consumidor (entrado en vigencia a p artir del 02 de octubre
de 2010).
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