Resolución nº 28-2015/CPC-INDECOPI-TAC de Comisión de Protección al Consumidor, de 25 de Febrero de 2015

Fecha de Resolución25 de Febrero de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente194-2014/CPC
COMISIÓN OFICINA REGIONAL INDECOPI-TACNA
EXPEDIENTE Nº 0194-2014/CPC-INDECOPI-TAC
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCI A Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Av. Bolognesi Nº 91-93, Tacna – Perú / Telefax: 052-427938
E-mail: mlipa@indecopi.gob.pe / Web: www.indecopi.gob.pe
M-CPC-06/1A 1/11
RESOLUCIÓN FINAL Nº 0028-2015/INDECOPI-TAC
PROCEDENCIA : TACNA
DENUNCIANTE : NORMA ISABEL ZEGARRA GUERRA DE VARGAS
DENUNCIADA : BANCO DE MATERIALES S.A.C. EN LIQUIDACIÓN
MATERIA : MÉTODOS COMERCIALES COERCITIVOS
SANCIÓN
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE CRÉDITO
SUMILLA: En la denuncia interpuesta por la señora Norma Isabel Zegarra Guerra
de Vargas en contra del Banco de Materiales S.A.C. en Liquidación, la Comisión
de la Oficina Regional del INDECOPI – Tacna ha resuelto declarar fundada la
denuncia interpuesta por infracción al literal b) del artículo 56.1º del Código de
Protección y Defensa del Consumidor, toda vez que se encuentra acreditado que
el citado proveedor atribuyó a la señora Norma Isabel Zegarra Guerra de Vargas
la deuda contenida en el expediente Nº 06-905277-6 y Contrato Nº 06905277,
requiriéndole el pago de S/. 12 956.83 nuevos soles, a través del cronograma de
pagos – consulta de cuotas pendientes, del 24 de setiembre de 2014.
Denegar las medidas correctivas solicitadas por la señora Norma Isabel Zegarra
Guerra de Vargas.
Ordenar al Banco de Materiales S.A.C. en Liquidación, el pago de las costas y
costos en que hubiese incurrido la señora Norma Isabel Zegarra Guerra de
Vargas durante el procedimiento, sobre la base de la liquidación que efectúe,
para lo cual la denunciante deberá presentar una solicitud de liquidación de
costas y costos.
SANCIÓN:
- Amonestación.- Por infracción al literal b) del artículo 56.1º de la Ley N°
Tacna, 25 de febrero de 2015.
I. ANTECEDENTES.
1. Mediante memorándum Nº 0267-2014/PS0-INDECOPI-TAC del 04 de noviembre
de 2014, el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al
Consumidor adscrito a la Oficina Regional del Indecopi de Tacna, remitió a la
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Tacna – en adelante la Comisión,
la denuncia interpuesta el 06 de octubre de 2014, por la señora Norma Isabel
Zegarra Guerra de Vargas - en adelante la señora Zegarra, en contra del Banco
de Materiales S.A.C. en Liquidación
1
- en adelante el Banco, por presunta
en adelante el Código, por los hechos contenidos en su denuncia.
2. Mediante resolución N° 02 del 26 de diciembre de 2014 la Secretaría Técnica de
la Comisión de la Oficina Regional del INDECOPI de Tacna, en adelante la
Secretaría Técnica, admitió a trámite la denuncia.
1
Banco de Materiales S.A.C. en Liquidación, identificada con R.U.C. Nº 20100178584.

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