Resolución nº 111-2015/CC2 de Comisión de Protección al Consumidor, de 30 de Enero de 2015

Fecha de Resolución30 de Enero de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente1117-2014/CC2
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 2
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 1117-2014/CC2
M-CPC-05/1A
1
RESOLUCIÓN FINAL Nº 111-2015/CC2
PROCEDENCIA : LIMA
DENUNCIANTE : SAMIR ATALA NEMI (EL SEÑOR ATALA)
DENUNCIADO : DIVEIMPORT S.A (DIVEIMPORT)
DIVECENTER S.A.C (DIVECENTER)
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
CONCLUSIÓN ANTICIPADA DEL PROCEDIMIENTO POR
CONCILIACIÓN
DESISTIMIENTO
ACTIVIDAD : VEHICULAR
Lima, 30 de enero de 2015
ANTECEDENTES
1. El 28 de octubre de 2014, el señor Atala denunció a Diveimport, por presunta
infracción de la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor
(en adelante el Código), señalando que:
(i) El 9 de junio de 2014, adquirió del denunciado un vehículo marca Jeep,
modelo Wrangler Unlimited Rubicon, cancelando la suma de US$ 47
980,00 y US$ 962,60 por la instalación de los sensores de retroceso;
(ii) a los pocos días de recibir el vehículo presentó defectos tales como:
a)silbido en el motor en frio; y, b) un sonido en el recorrido del agua
(sistema de enfriamiento), por lo que el 23 de junio de 2014, procedió a
ingresar el vehículo al taller autorizado Divecenter, en virtud de la
garantía;
(iii) el 1 de julio de 2014, Divecenter emitió un informe técnico donde constató
que efectivamente existían los defectos;
(iv) el 3 y 15 de julio de 2014, el vehículo ingresó al taller por otros defectos
tales como: a)silbido en el motor; b) sonidos de aire cuando acelera; c)
ciertos sonidos al momento de frenar la unidad; y, d) consumo exagerado
de gasolina;
(v) el 4 y 8 de septiembre de 2014, el vehículo ingresó nuevamente al taller
por presentar defectos, tales como: a) al acelerar llega un punto donde
cascabelea; b) el timón tiene un sonido como si estuviera suelto; c) la
parte trasera del vehículo suena como carro viejo; d) los sensores de
retroceso suenan; e) mal funcionamiento de los mandos (intermitentes,
calefactor de los asientos y control de descanso);
(vi) ante los sucesivos desperfectos, con fecha 9 de septiembre de 2014,
cursó una carta a Divecenter donde manifestó su insatisfacción por la
adquisición del vehículo adquirido, solicitando una solución;
(vii) después de varias reuniones con el área comercial de Diveimport, el 23
de septiembre de 2014, le propuso cancelar US$ 9 000,00 para que
cambien el vehículo por una de las mismas características, lo cual no
aceptó;

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