Resolución nº 62-2015/CPC-INDECOPI-LAM de Comisión de Protección al Consumidor, de 30 de Enero de 2015

Fecha de Resolución30 de Enero de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente3-2015/CPC
COMISION DE L A OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LAMBAYEQUE
RESOLUCION Nº 0062-2015/INDECOPI -LAM
EXPEDIENTE Nº 0003-2015/CPC-I NDECOPI-LAM
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DENUNCIANTE : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI DE
LAMBAYEQUE
DENUNCIADO : EMPRESA DE TRANSPORTES EL DORADO SAC
MATERIA : PROCEDIMIENTO DE OFICIO
IDONEIDAD DEL SERVICIO
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS TRANSPORTE REG. VIA TER.
Chiclayo, 30 de enero del 2015
ANTECEDENTES
1. Mediante Informe Nº 0004-2015/INDECOPI-LAM de fecha 20 de enero de 2015, la
Secretaría Técnica de la Comisión d e la Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque
(en adelante la Secretaría Técnica) puso en conocimiento de la Comisión la
investigación realizada a la Empresa de Transportes el Dorado SAC, (en adelante
Empresa de Transportes el Dorado), por presuntas infracciones a la Ley Nº 29571- Código
de Protección y Defens a del Consumidor (en adelante el Código) respecto al
incumplimiento de los horarios de las salidas programadas.
2. De acuerdo con lo señalado en dicho informe, durante la investigación y la diligencia de
inspección realizada el 23 de diciembre del 2 014 en la Empresa de Transportes el Dorado,
se pudo constatar lo siguiente:
EMPRESA DE
TRANSPORTES
FECHA DE
INSPECCIÓN
DIRECCIÓN
SE VERIFICÓ
EMPRESA DE
TRANSPORTES EL DORADO
SAC1
23/12/2014 Av. Francisco
Bolognesi N° 175
Chiclayo
Presunta infracción a l artíc ulo
19° del Cód igo, en tanto no
habría cumplido con el horario
de salida programado.
CUESTIÓN EN DISCUSIÓN
3. Determinar si corresponde:
Iniciar de oficio un procedimiento en contra la Empresa de Transportes el Dorado por
presuntas infracciones a lo establecido en el artículo19º del Código; en tanto no habría
cumplido con el horario de salida progra mado.
ANÁLISIS DE LA CUESTIÓN EN DISCUSIÓN
Sobre el inicio del procedimiento de oficio
4. El Decreto Legislativo Nº 807, Ley sobre Facultades, Normas y Organización del INDECOPI
faculta a la Comisión, a través de su Secretaría Técnica, a desarrollar las investigaciones
relacionadas, en este caso, a la defensa de los derechos de los consumidores, con la
finalidad de establecer la existencia de presuntas infracciones a la Ley29571- Código de
Artículo1°.- Las Comisiones y Oficinas del Indecopi gozan de las facultades necesarias
para desarrollar investigaciones relacionadas con los temas de su competencia. Dichas
facultades serán ejercidas a través de las Secretarías Técnicas o Jefes de Oficinas y de los
1 Con RUC N° 20132670146.

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