Resolución nº 44-2015/OPS3 de Comisión de Protección al Consumidor, de 26 de Enero de 2015
Fecha de Resolución | 26 de Enero de 2015 |
Emisor | Comisión de Protección al Consumidor |
Número de expediente | 704-2014/PS3 |
ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS
SUMARÍSIMOS DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 3
EXPEDIENTE Nº 704-2014/PS3
1
RESOLUCIÓN FINAL Nº 0044-2015/PS3
INTERESADO : ROLANDO FÉLIX MIGUEL FAJARDO
(EL SEÑOR MIGUEL)
DENUNCIADA : INMOMARKETING S.A.C.1
(INMOMARKETING)
MATERIAS : IDONEIDAD
LIBRO DE RECLAMACIONES
MEDIDA CORRECTIVA
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES INMOBILIARIAS
SANCIÓN:
Protección y Defensa del Consumidor, al haberse acreditado durante el procedimiento que
Inmomarketing, de manera injustificada, no cumplió con devolver al interesado el monto
ascendente a S/. 500,00 entregado por concepto de reserva de un inmueble.
Protección y Defensa del Consumidor, al haberse acreditado durante el procedimiento que el
establecimiento de Inmomarketing no contaba con un Libro de Reclamaciones.
Lima, 26 de enero de 2015
I. ANTECEDENTES
1. El 16 de diciembre de 2013, el señor Zavaleta-Luna denunció a Los Portales por presuntas
infracciones de la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, el
Código), señalando lo siguiente:
(i) El 6 de noviembre de 2013, solicitó a la denunciada, vía correo electrónico, información sobre el
proyecto de v ivienda ‘Liber 1415’ ubicado en el distrito de Pueblo Libre, en base a la
información brindada, eligió un modelo de departamento.
(ii) El 14 de noviembre de 2013 acudió al establecimiento de la empresa denunciada y efectuó la
reserva del inmueble elegido, abonando la suma de S/. 500,00.
(iii) Luego de que fue aprobado su crédito hipotecario, Inmomarketing le envió la minuta del
contrato de compraventa para su revisión y aceptación. Al no encontrarse conforme con la
totalidad del contenido, la observó; sin embargo, su solicitud no habría sido atendida.
1 RUC Nº 20548197148.
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