Resolución nº 40-2015/CC1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 14 de Enero de 2015

Fecha de Resolución14 de Enero de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente866-2014/CC1
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 1
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 866-2014/CC1
RESOLUCIÓN FINAL Nº 040-2015/CC1
DENUNCIANTE : JAVIER BALDARRAGO LEÓN (EL SEÑOR BALDARRAGO)
DENUNCIADA : LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS S.A. (LA
POSITIVA)
MATERIAS : PROTECCION AL CONSUMIDOR
DESISTIMIENTO DE LA PRETENSIÓN
ACTIVIDAD : SEGURO DE SALUD
Lima, 14 de enero de 2015
ANTECEDENTES
1. El 22 de setiembre de 2014, complementado con el escrito del 6 de octubre de 2014,
el señor Baldarrago denunció a La Positiva por presunta infracción a la Ley Nº 29571,
Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, el Código), señalando
lo siguiente:
(i) Labora como obrero en la empresa Corporación Cerámica S.A. en la cual se
realizan actividades de alto riesgo, por lo que contrató con La Positiva un seguro
EsSalud + Vida, cancelando mensualmente S/. 5,00.
(ii) Sufrió dos accidentes laborales debido al sobreesfuerzo que realizaba, por lo
que recibió tratamiento en la Clínica Jesús del Norte S.A.C. y Clínica San José,
siendo diagnosticado de acuerdo a los Informes Médicos emitidos por amos
centros de salud con desgarro, tendinitis traumática de la muñeca izquierda y
derecha.
(iii) Presentó su historia clínica y los informes médicos emitidos a Mapfre Perú
Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. a efectos de activar su Seguro
Complementario de Trabajo de Riesgo, recibiendo una evaluación en la cual se
determinó que padecía de incapacidad parcial permanente de 23.3%.
(iv) Remitió a La Positiva toda la documentación relacionada a su calificación a fin de
obtener la indemnización correspondiente; sin embargo, mediante carta del 4 de
julio de 2014, la aseguradora denegó el pago de la indemnización sin expresar
motivo alguno.
(v) Solicitó, en calidad de medida correctiva, el otorgamiento de la indemnización
por invalidez parcial permanente, la aplicación de una multa ascendente a 150
UIT y la inhabilitación temporal de La Positiva. Asimismo, solicitó el pago de las
costas y costos del procedimiento.
1
M-CPC-05/1A

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