Resolución nº 14-2015/CPC-INDECOPI-LAM de Comisión de Protección al Consumidor, de 9 de Enero de 2015
Fecha de Resolución | 9 de Enero de 2015 |
Emisor | Comisión de Protección al Consumidor |
Número de expediente | 140-2014/CPC |
COMISION DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LAMBAYEQUE
RESOLUCION Nº 0014-2015/INDECOPI-LAM
EXPEDIENTE Nº 0140-2014/CPC-I NDECOPI-LAM
M-CPC-05/1A
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RESOLUCIÓN FINAL Nº 0014-2015/INDECOPI-LAM
PROCEDENCIA : LAMBAYEQUE
DENUNCIANTE : JUAN FRANCISCO PEÑA JIMENEZ (EL SEÑOR
PEÑA)
DENUNCIADO : NEO MOTORS S.A.C. (NEO MOTORS)
MATERIA : DESISTIMIENTO
ACTIVIDAD : VENTA DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES
SUMILLA: En el procedimiento iniciado por el señor Juan Francisco Peña Jiménez
contra Neo Motors S.A.C., por presunta infracción a la Ley Nº29571, Código de
Protección y Defensa del Consumidor, la Comisión de la Oficina Regional del
Indecopi de Lambayeque ha resuelto aprobar el desistimiento del procedimiento
presentado por el denunciante; y ordenar el archivo del expediente.
Chiclayo, 9 de enero de 2015
ANTECEDENTES
1. Mediante escrito presentado el 12 de septiembre de 2014, el señor Peña, interpuso
una denuncia en contra de Neo Motors, por presunta infracción a la Ley Nº 29571,
Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante el Código).
2. El señor Peña manifestó lo siguiente:
(i) Que, el 4 de agosto de 2014 se acercó al establecimiento denunciado, con la
finalidad de solicitar una proforma para la adquisición de un vehículo; siendo
que, personal de Neo Motors le brindó información de un camión modelo ISUZO
FORWARD 1000-10.5 TN - 2014, por la suma de US$ 62,400.00.
(ii) Que, para la adquisición de dicho vehículo solicitó financiamiento a una entidad
bancaria, siendo que Neo Motors le entregó una carta con las características del
vehículo, marca: ISUZO, modelo: FTR34SL-PDPEN, nombre comercial:
FORWARD-1000-EURO III, clase: CAMION, color: AMARILLO, asientos: 3,
precio total: US$ 62,400.00; siendo desembolsado el total del precio indicado.
(iii) Que, el 21 de agosto de 2014 acudió a Neo Motors, para que le hagan entrega
del vehículo adquirido; sin embargo, le informaron que debía efectuar el pago de
US$ 2,000.00, adicionales al precio pactado.
3. El señor Peña, solicitó que la empresa denunciada le entregue el vehículo conforme
al precio pactado; asimismo, los gastos en los que incurra en el procedimiento
administrativo y el pago de costos y costas.
4. Mediante escrito de fecha 19 de diciembre de 2014, el señor Peña manifestó su
voluntad de desistirse del procedimiento que inició en contra de Neo Motors, en tanto
llegó a un acuerdo con la empresa denunciada.
ANALISIS
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