Resolución nº 2756-2014/CC2 de Comisión de Protección al Consumidor, de 12 de Diciembre de 2014

Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2014
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente722-2014/CC2
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSU MIDOR Nº 2
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 114-2013/PS1
(EXPEDIENTE N°722-2014/CC2-APELACIÓN)
1
RESOLUCIÓN FINAL Nº 2756-2014/CC2
PROCEDENCIA : ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS
SUMARÍSIMOS DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
Nº 1
DENUNCIANTE : JULIO VALENTÍN PRETTO MONROY (EL SEÑOR
PRETTO)
DENUNCIADO : SERVICIOS POSTALES DEL PERÚ S.A.
(SERPOST)
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
ACTIVIDAD : TRANSPORTE POR VÍA AÉREA
Lima, 12 de diciembre de 2014
ANTECEDENTES
1. El 17 de mayo de 2013, el señor Pretto denunció a Serpost1 ante el Órgano
Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección N° 1 (en adelante, el
OPS), por presunta infracción de la Ley N° 29571, Código de Protección y
Defensa del Consumidor, señalando que:
(i) El 21 de junio de 2012 contrató con la denunciada el servicio de
encomienda a la ciudad de Colima – México, siendo que se le informó
únicamente el peso máximo permitido, mas no las características ni las
cantidades de los productos que podía enviar sin la necesidad de la
intervención de un agente de aduanas;
(ii) su paquete fue retenido por Aduanas de México al ser considerado como
mercancía, en tanto sobrepasó la cantidad de productos permitidos;
(iii) se le cobró el monto de S/. 914,30 por dicho servicio, pese a que éste no
se brindó, por causas imputables a la denunciada; y,
(iv) el 27 de setiembre de 2012, recibió una comunicación por parte de Serpost
informándole que su encomienda retornó con la condición de “no
reclamada” y debía pagar el monto de S/. 148,88 para retirarla.
2. Por Resolución N° 1 del 29 de noviembre de 2013, el OPS admitió a trámite la
denuncia:
“(…)
PRIMERO: Admitir a t rámite la denuncia de fecha 17 de mayo de 2013, presentada por el
señor Julio Valentín Pretto Monroy contra Servicios Postales del Perú S.A., en la medida
que:
1 Identificada con RUC N° 202 56136865.

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