Resolución nº 2512-2014/CC2 de Comisión de Protección al Consumidor, de 14 de Noviembre de 2014

Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2014
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente521-2014/CC2
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 2
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 76-2014/PS3
EXPEDIENTE Nº 521-2014/CC2-APELACIÓN
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RESOLUCIÓN FINAL Nº 2512-2014/CC2
DENUNCIANTE : MYRIAN LILIANA RODRÍGUEZ CRUZ (LA SEÑORA
RODRÍGUEZ)
DENUNCIADA : TÉCNICOS DOCENTES ASOCIADOS S.R.L. (TÉCNICOS
DOCENTES)
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
IDONEIDAD DEL SERVICIO
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE ASESORAMIENTO EMPRESARIAL
Lima, 14 de noviembre de 2014
ANTECEDENTES
1. El 8 de enero de 2014, de junio de 2013, la señora Rodríguez denunció a Técnicos
Docentes1 ante el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de
Protección y Defensa del Consumidor N° 3 (en adelante, el OPS), por presuntas
infracciones a la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor
(en adelante, el Código) en tanto no le habría brindado el curso de instalación de
internet net a la interesada, tal como fue ofrecido y publicitado, sin brindarle
solución alguna.
2. Mediante Resolución N° 1 del 18 de febrero de 2014, el OPS admitió a trámite la
denuncia presentada en contra de Lan, imputando:
“(…)
PRIMERO: iniciar un procedimiento administrativo sancionador a Técnicos Docentes Asociados
S.R.Ltda. por presunta infracción a lo establecido en el artículo 19° de la Ley N° 29571, Código
de Protección y Defensa del Consumidor, en tanto la denunciada no habría dictado el curso de
instalación de internet a la interesada, tal como fue ofrecido y publicitado, sin brindarle solución
alguna.
(…)”[sic]
3. Mediante escritos del 4 y 14 de marzo de 2014, Técnicos Docentes presentó sus
descargos, señalando lo siguiente:
(i) La señora Rodríguez se matriculó y culminó las horas programadas del curso
denominado “Seminario Técnico de Instalación de Internet”; y,
(ii) ha llegado a un acuerdo con la señora Rodríguez, motivo por el cual esta se
desistió de la presente denuncia.
4. Mediante Resolución Final N° 434-2014/PS3 del 7 de abril de 2014, el OPS resolvió
lo siguiente:
“(…)
PRIMERO: sancionar a Técnicos Docentes Asociados S.R.L. con una amonestación, por haber
incurrido en i nfracción a lo establecido en el artículo 19º de la Ley Nº 29571, Código de
SEGUNDO: Remitir copia del expediente al Ministerio Público a fin de que evalúe si resulta
pertinente iniciar una investigación dentro del marco de su competencia.
(…)” [sic]
1 RUC N° 20552803559

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