Resolución nº 2313-2014/CC2 de Comisión de Protección al Consumidor, de 17 de Octubre de 2014

Fecha de Resolución17 de Octubre de 2014
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente454-2014/CC2
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 2
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE 071-2014/PS1
(EXPEDIENTE 454-2014/CC2-APELACIÓN)
1
M-CPC-05/1A
RESOLUCIÓN FINAL Nº 2313-2014/CC2
PROCEDENCIA : ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS
SUMARÍSIMOS DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 1
DENUNCIANTES : LUZ MARINA BENITES SARANGO
SUSAN ISABEL ESCOBAR BENITES
FRANCISCO JAVIER MIRANDA BENITES
SERGIO ALFREDO ESCOBAR BENITES
(LOS SEÑORES BENITES)
DENUNCIADA : TRANS AMERICAN AIR LINES S.A.
(TACA)
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
IDONEIDAD DEL SERVICIO
ACTIVIDAD : TRANSPORTE REGULAR VÍA AÉREA
Lima, 17 de octubre de 2014
ANTECEDENTES
1. El 4 de febrero de 2014, los señores Benites denunciaron a Taca1 ante el
Órgano de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor Nº (en
adelante, OPS) por presunta infracción de la Ley 29571, Código de Protección
y Defensa del Consumidor (en adelante, el Código), en atención a los hechos
que se describen a continuación:
(i) El 7 de febrero de 2013, por el valor de US$ 320,42 compró 4 pasajes
aéreos Lima-Arequipa-Lima, los cuales tenían una vigencia de un año;
(ii) el 6 de diciembre de 2013, intentaron realizar el endoso de estos pasajes,
pero Taca les informó que ello se realizaba con 24 horas de anticipación
y que en junio de 2013 se había emitido una directiva al respecto, la cual
no le fue comunicada;
(iii) la denunciada les informó que para poder viajar debía cancelar la
diferencia tarifaria y varios impuestos; y,
(iv) solicitaron a Taca la devolución de su dinero, mas esta les comunicó que
solo devolvería el 25% del monto total que habían cancelado.
2. Mediante Resolución 1, del 8 de abril de 2014, el OPS imputó a Taca la
siguiente conducta infractora:
“… presunta infracción al artículo 66.7° del Código, en la medida que no
habría permitido a los interesados endosar los cuatro billetes aéreos de
ida y vuelta en l a ruta Lima-Arequipa-Lima que adquirieron con fecha 07
de febrero de 2013, a pesar que los mismos tenían una validez de un
año”. [Sic]
3. En sus descargos, Taca manifestó que los señores Benites debían viajar el 12
y 16 de febrero de 2013, pero no abordaron sus vuelos, siendo que el 6 de
diciembre de 2013 solicitaron el endoso de sus pasajes, ante lo cual les
comunicó que ello se efectuaba con 24 horas antes de la salida del vuelo y
1 RUC: 20348858182.

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