Resolución nº 2032-2014/CC2 de Comisión de Protección al Consumidor, de 2 de Septiembre de 2014

Fecha de Resolución 2 de Septiembre de 2014
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente911-2013/CC2
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 2
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 911-2013/CC2
M-CPC-05/1A 1
RESOLUCIÓN FINAL Nº 2032-2014/CC2
EXPEDIENTE : 911-2013/CC2
AUTORIDAD : SECRETARÍA TÉCNICA DE LA COMISIÓN DE
PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR 2 (SECRETARÍA
TÉCNICA)
ADMINISTRADO : INVERSIONES & NEGOCIOS MARAZA S.A.C.
(INVERSIONES & NEGOCIOS MARAZA)
MATERIA : PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR
SANCIÓN : Amonestación
Lima, 02 de setiembre de 2014
ANTECEDENTES
1. En el marco de las acciones de supervisión y fiscalización que desarrolla la
Secretaría Técnica, se inició la Investigación Nº 206-2011/PREV-CPC/INDECOPI,
con la finalidad de verificar el cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 29571,
Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, Código), respecto
de la implementación del Libro de Reclamaciones en cada establecimiento
comercial, de conformidad con lo señalado en el Reglamento del Libro de
Reclamaciones, aprobado en el Decreto Supremo Nº 011-2011-PCM (en
adelante, Reglamento).
2. El 10 de abril de 2012, se realizó una acción de supervisión en el local de
INVERSIONES & NEGOCIOS MARAZA1, consignándose en el acta de
supervisión respectiva que el establecimiento:
(i) No exhibía el Aviso que informa sobre la existencia del Libro de
Reclamaciones ; y,
(ii) no contaba con el Libro de Reclamaciones.
3. Mediante Resolución Nº 1 del 21 de junio de 2013, la Secretaría Técnica inició un
procedimiento administrativo sancionador en contra de INVERSIONES &
NEGOCIOS MARAZA, por presuntas infracciones a lo establecido en los artículos
150º y 151º del Código, en virtud de los hechos verificados.
4. A través del escrito del 26 de agosto de 2013, INVERSIONES & NEGOCIOS
MARAZA se apersonó al procedimiento sin efectuar ningún tipo de contradicción a
las imputaciones efectuadas; sin embargo, adjuntó dos (02) fotografías que dan
cuenta de la implementación del Aviso y el Libro de Reclamaciones.
1 Con RUC N° 20512280570, asimismo, dicho establecimiento se encuentr a ubicado en Jr. Unanue N° 1617,
Interior 26, Gamarra, Lima.

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