Resolución nº 1800-2014/CC2 de Comisión de Protección al Consumidor, de 7 de Agosto de 2014
Fecha de Resolución | 7 de Agosto de 2014 |
Emisor | Comisión de Protección al Consumidor |
Número de expediente | 389-2014/CC2 |
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 2
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE N° 271-2013/PS1/LCC
(EXPEDIENTE Nº 389-2014/CC2-APELACIÓN)
1
M-CPC-05/1A
RESOLUCIÓN FINAL Nº 1800-2014/CC2
PROCEDENCIA : ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS
SUMARÍSIMOS DE PROTECCION AL CONSUMIDOR Nº 1
DENUNCIANTE : MARÍA AZUCENA PERIZ LÓPEZ (LA SEÑORA PERIZ)
DENUNCIADO : FITNESS S.A.C. (FITNESS)
MATERIA : LIQUIDACIÓN DE COSTAS Y COSTOS
Lima, 07 de agosto de 2014
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución Nº 991-2013/SPC-INDECOPI de fecha 22 de abril de 2013, la
Sala Especializada en Protección al Consumidor (en adelante, la Sala) confirmó la
Resolución Final Nº 2135-2012/CPC del 11 de junio de 2012 emitida por la Comisión
de Protección al Consumidor que había ordenado a Fitness el pago de las costas y
costos incurridos por la señora Periz en el procedimiento seguido bajo Expediente Nº
921-2011/CPC.
2. El 19 de julio de 2013, la señora Periz presentó su solicitud de liquidación de costos
ante el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos N° 1 (en adelante, el
OPS) solicitando el monto de S/ 6 300.00. por dicho concepto respecto del
procedimiento.
3. Es así que a fin de acreditar su solicitud la denunciante adjuntó los siguientes
documentos:
(i) Recibo por Honorarios 001-N° 000627 de fecha 04 de octubre de 2013, emitido
por el abogado Francisco José Arturo Barrón Velis por el monto de S/. 2 900,00,
por el concepto de Patrocinio ante Indecopi – Informe Oral;
(ii) comprobante del pago de Impuesto a Sunat del periodo octubre 2013
correspondiente al abogado Francisco José Arturo Barron Velis por el monto de
S/. 290.00;
(iii) copia del PDT Trabajadores independientes del periodo octubre 2013
correspondiente al abogado Francisco José Arturo Barron;
(iv) recibo por Honorarios 001-N° 00040 de fecha 28 de diciembre de 2011, emitido
por el abogado Janfer Crovetto Huerta por el monto de S/. 1 450,00, por el
concepto de Patrocinio en el procedimiento contra Fitness S.A.C, Expediente N°
921-2011/CPC;
(v) recibo por Honorarios 001-N° 00036 de fecha 09 de diciembre de 2011, emitido
por el abogado Janfer Crovetto Huerta por el monto de S/. 500,00, por el
concepto de Patrocinio en el procedimiento contra Fitness S.A.C, Expediente N°
921-2011/CPC; y,
(vi) recibo por Honorarios 001-N° 00079 de fecha 28 de junio de 2012 emitido por el
abogado Janfer Crovetto Huerta, en el cual se registra que ha recibido de MM
Equipment E.I.R.L. la suma de S/. 1 450,00 por el concepto de Servicios de
asesoría legal.
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