Resolución nº 1521-2014/CC2 de Comisión de Protección al Consumidor, de 29 de Mayo de 2014
Fecha de Resolución | 29 de Mayo de 2014 |
Emisor | Comisión de Protección al Consumidor |
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 2
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 0043-2014/CC2
M-CPC-05/1A
1
RESOLUCIÓN FINAL Nº 1521-2014/CC2
PROCEDENCIA : LIMA
DENUNCIANTE : ESTHER NOEMÍ CABELLOS CALDERÓN (LA
SEÑORA CABELLOS)
DENUNCIADO : SAN FERNANDO S.A. (SAN FERNANDO)
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
IDONEIDAD
MEDIDAS CORRECTIVAS
COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : ELABORACIÓN DE PRODUCTOS
Lima, 29 de mayo de 2014
ANTECEDENTES
1. El 22 de enero de 2014, la señora Cabellos denunció a San Fernando1 por
presunta infracción de la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del
(i) El 19 de enero de 2014, adquirió hot-dog de la marca San Fernando3.
(ii) En su domicilio, verificó que en el interior de los hot-dog se encontraban
cuerpos extraños, parecidos a restos de plásticos, de plumas de pollo y
piel amarillenta de la pata del pollo.
2. En virtud a ello, la señora Cabellos solicitó lo siguiente:
(i) La ejecución de la prestación u obligación asumida; y si esto no
resultara posible o no sea razonable, otra de efectos equivalentes,
incluyendo prestaciones dinerarias;
(ii) el pago de los gastos incurridos para mitigar las consecuencias de la
infracción administrativa;
(iii) otras medidas reparadoras análogas de efectos equivalentes a las
anteriores;
(iv) el decomiso y destrucción de la mercadería, envases, envolturas o
etiquetas; y,
(v) el pago de las costas y costos del procedimiento.
1 R.U.C. Nº 20100154308.
2 LEY N 29571, CÓDIGO DE PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL CON SUMIDOR, publicado el 2 de septiembre
de 2010 en el Diario Oficia l El Peruano. Dicho código será aplicable a los supuestos de infracción que se
configuren a partir d el 2 de octubre de 2010, f echa en la cual entró en v igencia el mismo. Los demás c asos, se
seguirán tramitando de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 006-2009/PCM, Texto Únic o
Ordenado de l a Ley del Sistem a de Protección al Consumidor (vigente ent re el 31 de enero de 2009 y el 1 de
octubre de 2010), en el Decreto Supremo Nº 039-2000/ITINCI (vigente hast a el 26 de junio de 2008) y Decreto
Legislativo Nº 1045 (vigente ent re el 27 de junio de 2008 y el 30 de enero de 2009).
3 L a denunciante presentó varios envases de salchichas c omo medios probatorios, del siguiente modo:
- Dos envases de plástico del producto denominado “Sup er Salchicha rosada San Fernando”, cerrad os,
con 24 unidades de salchichas c ada uno, con lote número 07N 922 JR 0814010.
- Una bolsa de plástico transparent e que contenía salchichas sueltas (14) y otras trozadas.
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