Resolución nº 472-2014/CC1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 14 de Mayo de 2014
Fecha de Resolución | 14 de Mayo de 2014 |
Emisor | Comisión de Protección al Consumidor |
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMI DOR Nº 1
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 223-2013/PS2
1
M-CPC-05/1A
RESOLUCIÓN FINAL Nº 472-2014/CC1
PROCEDENCIA : ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS
SUMARÍSIMOS DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 2
INTERESADO : JORGE LUIS CISNEROS CHUMPITAZI (EL SEÑOR
CISNEROS)
DENUNCIADO : BANCO INTERNACIONAL DEL PERÚ S.A.A. – INTERBANK
(EL BANCO)
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
OBLIGACIÓN DE INFORMAR
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
Lima, 14 de mayo de 2014
ANTECEDENTES
1. El 18 de febrero de 20131, el señor Cisneros denunció al Banco2 por presunta
infracción de la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (en
adelante, el Código) 3, señalando lo siguiente:
(i) Mediante carta de fecha 27 de agosto de 2012, solicitó información y
documentación respecto a las condiciones aplicadas a sus tarjetas de crédito Nº
5444021487695008, Nº 4913370397682001 y Nº 4772950000161954, la cual
fue atendida de manera parcial, en tanto no le brindó la siguiente información:
a. La Tasa de Costo Efectiva Anual (en adelante, la TCEA).
b. Copia del contrato, de la hoja resumen y de los estados de cuenta de los
últimos 10 meses de consumos realizados.
(ii) En lo referido a la TCEA aplicada a las tarjetas de crédito, la Ley Nº 29888,
vigente desde el 25 de junio de 2012, estableció que los bancos y entidades
financieras estaban obligadas a informarla.
(iii) Cuestionó que el Banco le pretendiera cobrar una comisión sin sustento
ascendente a S/. 10,00 por concepto de emisión de copias y búsqueda de
29888, las comisiones o gastos debían tener justificación técnica e implicar un
gasto real y demostrable para el proveedor del servicio.
(iv) Solicitó que se convoque a una audiencia de conciliación.
1 Mediante Resolución Nº 1 del 13 de marzo de 2014, se requiri ó al señor Cisneros que subsanara su d enuncia, solicitud
que fue atendida mediant e escrito del 5 de abril de 2013.
2 Con RUC 20330401991.
3 Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor promulgado el 1 de septiembre del 2 010, y vigente
desde el 2 de octubre del 2010.
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