Resolución nº 447-2014/CC1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 7 de Mayo de 2014

Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2014
EmisorComisión de Protección al Consumidor
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 1
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 240-2014/CC1
1
M-CPC-05/1A
RESOLUCIÓN FINAL Nº 447-2014/CC1
PROCEDENCIA : LIMA
INTERESADO : JORGE DANILO BABO ALVARADO (EL SEÑOR BABO)
DENUNCIADO : AFP INTEGRA S.A. (INTEGRA)
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
IMPROCEDENCIA DE LA DENUNCIA
ACTIVIDAD : PLANES DE PENSIONES
Lima, 7 de mayo de 2014
ANTECEDENTES
1. El 18 de marzo de 2014, el señor Babo denunció a Integra por presunta infracción a la
Código)1, señalando lo siguiente:
(i) Sin previo aviso, Integra no abonó el 100% de la gratificación del mes de
diciembre de 2013, esto es S/. 4 636,36, correspondiente a su pensión de
jubilación sino sólo la cantidad de S/. 2 544,04. Asimismo, tampoco depositó la
pensión de jubilación de los meses de enero y febrero del presente año, por lo
cual interpuso el reclamo correspondiente ante la denunciada; sin embargo, las
respuestas brindadas por esta no tienen sustento que las respalde.
(ii) El 11 de marzo, Integra le remitió vía correo electrónico 2 archivos en los que le
informaba que el saldo capital de su pensión de jubilación era de S/. 54 634,38
por lo que la pensión que venía recibiendo de S/. 5 122,09 disminuiría a
S/. 4 636,36, es decir S/. 485,73 mensuales menos de lo que le correspondería
recibir. Agregó, que de acuerdo a la información brindada por la denunciada
sobre el porcentaje de rentabilidad de su pensión desde octubre de 2011 a
diciembre de 2013 se aprecia que en el año 2012 no hubo rentabilidad negativa
motivo por el cual no existe una justificación para la reducción de su pensión,
por el contrario esta sería abusiva.
2. El señor Babo solicitó se ordene a Integra lo siguiente:
(i) Devolución de S/. 6 799,80 correspondiente a descuentos mensuales sin
sustento.
(ii) Devolución de S/. 2 092,30 correspondiente al monto no pagado por concepto
de gratificación de diciembre de 2013.
(iii) Devolución de S/. 9 272,72 correspondiente al 100% de la pensión de enero y
febrero de 2014.
(iv) Pago de intereses moratorios por cada monto adeudado.
(v) Carta por la cual se ofrezcan disculpas por no avisar la decisión de no pagar los
montos establecido.
2010, y vigente desde el 2 de octubre del 2010.

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