Resolución nº 1292-2014/CC2 de Comisión de Protección al Consumidor, de 29 de Abril de 2014
Fecha de Resolución | 29 de Abril de 2014 |
Emisor | Comisión de Protección al Consumidor |
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 2
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 0328-2014/CC2
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M-CPC-05/1A
RESOLUCIÓN FINAL Nº 1292-2014/CC2
PROCEDENCIA : LIMA
DENUNCIANTE : CINDY CHAPOÑÁN IBARRA (LA SEÑORA
CHAPOÑÁN)
DENUNCIADO : FAGA MOTORS S.A. (FAGA MOTORS)
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
IMPROCEDENCIA
NOCIÓN DE CONSUMIDOR FINAL
ACTIVIDAD : VENTA DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES
Lima, 29 de abril de 2014
ANTECEDENTES
1. El 28 de marzo de 2014, la señora Chapoñán denunció a Faga Motors
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por
presunta infracción de la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del
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(en adelante, el Código), señalando lo siguiente:
(i) El 28 de octubre de 2013, adquirió el vehículo marca Changhe, modelo
CH6390LE Freedom Minivan, año 2013, con placa de rodaje Nº F3E-
059, valorizado en US$ 9 710,00, el cual presentaba: (i) fallas en el
embrague; (ii) problemas en el arranque en frío; (iii) recalentamiento
del motor; y (iv) pérdida de aceite.
(ii) Acudió en repetidas ocasiones al servicio técnico del denunciado para
que arreglaran las fallas. Sin embargo, no se reparó la falla relativa al
encendido en frío del vehículo materia de denuncia.
(iii) La camioneta se encuentra en el concesionario del denunciado.
2. En virtud a ello, la señora Chapoñán solicitó lo siguiente:
(i) La devolución del dinero abonado por el vehículo materia de
denuncia;
(ii) el pago de los gastos de combustible en los que incurrió para llevar el
automóvil a reparación;
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R.U.C. Nº 20519093724.
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LEY N 29571, CÓDIGO DE PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR, publicado el 2 de
septiembre de 2010 en el Diario Oficial El Peruano. Dicho código s erá aplicable a los supuestos
de infracción que se configuren a partir del 2 de octubre de 2010, fecha en la cual entró en vigencia
el mismo. Los demás casos, se seguirán tramitando de acuerdo a lo establecido en el Decreto
Supremo Nº 006-2009/PCM, Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema de Protección al
Consumidor (vigente entre el 31 de enero de 2009 y el 1 de octubre de 2010), en el Decreto
Supremo Nº 039-2000/ITINCI (vigente hasta el 26 de junio de 2008) y Decreto Legislativ o Nº 1045
(vigente entre el 27 de junio de 2008 y el 30 de enero de 2009).
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