Resolución nº 398-2014/CC1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 23 de Abril de 2014

Fecha de Resolución23 de Abril de 2014
EmisorComisión de Protección al Consumidor
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 1
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 71-2014/CC1
1
M-CPC-05/1A
RESOLUCIÓN FINAL Nº 398-2014/CC1
PROCEDENCIA : LIMA
DENUNCIANTE : PROMOTORES HIDRÁULICOS Y SERVICIOS GENERALES
S.C.R.L. (PROMOTORES HIDRÁULICOS)
DENUNCIADO : BBVA BANCO CONTINENTAL S.A. (EL BANCO)
MATERIA : IMPROCEDENCIA
NOCIÓN DE CONSUMIDOR FINAL
ACTIVIDADES : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
Lima, 23 de abril de 2014
ANTECEDENTES
1. El 24 de enero de 2014, Promotores Hidráulicos denunció al Banco por presunta
infracción a la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor1 (en
adelante el Código), señalando lo siguiente:
(i) Celebró un contrato de leasing con el Banco, en virtud del cual habiendo
cancelado la totalidad del crédito en el mes de septiembre de 2009, solicitó la
transferencia de un vehículo a su favor.
(ii) Pese a sus reiteradas solicitudes en los años 2011 y 2012, el Banco continuó
negándole la transferencia del vehículo, aduciendo la falta de pago del seguro
vehicular, pese a que dicho seguro fue pagado de manera oportuna.
(iii) En el mes de noviembre de 2013, llegó a un acuerdo con el Banco y suscribieron
una minuta para la transferencia del vehículo. Sin embargo, habiendo
transcurrido dos meses desde esa fecha, el Banco se negó a suscribir la
Escritura Pública correspondiente.
2. Promotores Hidráulicos solicitó que se ordene al Banco lo siguiente:
(i) La transferencia del vehículo a su favor.
(ii) El pago de las costas y costos del procedimiento.
3. Mediante Resolución Nº 1 de fecha 21 de febrero de 2014, la Secretaría Técnica
requirió a Promotores Hidráulicos cumpla con:
(i) presentar la declaración del pago de IGV en el cual conste el volumen de ventas de
los últimos tres (3) años;
(ii) indicar la finalidad de la adquisición del servicio materia de denuncia, así como la
frecuencia con la que contrata el mismo.
4. El 7 de marzo de 2014, Promotores Hidráulicos respondió al requerimiento efectuado,
señalando lo siguiente:
1 LEY Nº 29571, CÓDIGO DE PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR, publicado el 2 de septi embre de 2010 y
vigente desde el 2 de octubre de 2 010.

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