Resolución nº 266-2014/CC1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 12 de Marzo de 2014

Fecha de Resolución12 de Marzo de 2014
EmisorComisión de Protección al Consumidor
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 1
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 270-2013/CC1
M-CPC-05/1A
1
RESOLUCIÓN FINAL Nº 0266-2014/CC1
DENUNCIANTE : CRISTINA VELASCO BARRIOS (LA SEÑORA VELASCO)
DENUNCIADA : ADMINISTRADORA CLÍNICA RICARDO PALMA S.A. (LA
CLÍNICA)
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
IDONEIDAD
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE HOSPITALES
Lima, 12 de marzo de 2014
ANTECEDENTES
1. El 7 de mayo de 2013, la señora Velasco denunció a la Clínica por presuntas
infracciones de la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (en
adelante, el Código), señalando lo siguiente:
(i) El 31 de octubre de 2012 acudió a la Clínica por un dolor en el lado izquierdo
de la garganta, siendo atendida por la doctora Rosa Torres Hernández (en
adelante, la doctora Torres), quien tras examinarla físicamente le señaló que
tenía una tumoración en el lado derecho de la faringe y que necesitaba una
intervención quirúrgica para extraerla.
(ii) Le ordenó la realización de exámenes preoperatorios consistentes en análisis
de sangre, radiografía de pecho y una tomografía de la zona afectada, los
cuales se efectuaron el 7 de noviembre del 2012. Días después, la doctora
Torres le informó que los resultados de los exámenes preoperatorios
confirmaban la necesidad de una intervención quirúrgica.
(iii) Luego de ser intervenida quirúrgicamente acudió a una consulta con la
doctora Torres, quién le entregó los resultados de los exámenes practicados.
Tras revisarlos, se percató de que el resultado de la tomografía indicaba una
“lesión hipodensa sólida en la pared lateral derecha de la orofaringe”, sin
hacer referencia alguna al lado izquierdo de la garganta donde habría sido
operada.
(iv) Ante ello, se comunicó telefónicamente con la doctora Torres, quien confirmó
la existencia de una tumoración en estado de crecimiento en el lado derecho
de la garganta que requería de intervención quirúrgica, hecho que no se le
habría informado pese a que los exámenes preoperatorios se realizaron con
anterioridad.
(v) En febrero de 2013 viajó a España siendo atendida por otro especialista
(doctor Acuña), quién tras revisar los exámenes médicos respectivos y

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