Resolución nº 192-2014/CC1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 26 de Febrero de 2014

Fecha de Resolución26 de Febrero de 2014
EmisorComisión de Protección al Consumidor
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMI DOR Nº 1
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 78-2013/PS2
1
M-CPC-05/1A
RESOLUCIÓN FINAL Nº 0192-2014/CC1
PROCEDENCIA : ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS
SUMARÍSIMOS DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 2
INTERESADO : EDUARDO YRIGOYEN ASPIAZU (EL SEÑOR YRIGOYEN)
DENUNCIADO : BANCO INTERNACIONAL DEL PERÚ S.A.A. - INTERBANK
(EL BANCO)
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
OBLIGACIÓN DE INFORMAR
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
Lima, 26 de febrero de 2014
ANTECEDENTES
1. El 16 de enero de 20131, el señor Yrigoyen denunció al Banco por presunta infracción
Código), señalando lo siguiente:
(i) Mediante carta de fecha 4 de noviembre de 2012, solicitó información y
documentación respecto de la tarjeta de crédito Vea Visa que mantiene con el
denunciado, la cual fue atendida de manera incompleta, en tanto no le brindó la
siguiente información:
a. La tasa de interés aplicada y la Tasa de Costo Efectiva Anual (en adelante, la
TCEA).
b. Copia de los estados de cuenta de los últimos 10 meses.
c. El número, fecha e importe de los pagos mínimos efectuados.
(ii) El Banco pretende cobrar una comisión de S/. 10,00 por emisión de cada copia
de su estado de cuenta, la cual no tendría una justificación técnica ni
respondería a un gasto real y demostrable.
2. El señor Yrigoyen solicitó se ordene al Banco lo siguiente:
(i) Cobrar el costo real y sustentado de la comisión por entregar una copia
fotostática del contrato y de la hoja resumen.
(ii) Brindar información de la TCEA.
(iii) Brindar facilidades de pago.
(iv) Absolver de forma completa y adecuada el requerimiento de información.
(v) Otras medidas que el caso amerite.
(vi) El pago de las costas y los costos del procedimiento.
(vii) Se convoque a una audiencia de conciliación.
3. Por Resolución Nº 2 del 4 de marzo de 2013, el Órgano Resolutivo de Procedimientos
Sumarísimos de Protección al Consumidor Nº 2 (en adelante, el OPS) admitió a
trámite la denuncia en contra del Banco, considerando como presuntas infracciones:
1 Mediante Resolución Nº 1 del 4 de febrero de 201 3, se requirió al señor Yrigoyen q ue subsanara su denuncia, solicitu d
que fue atendida mediant e escrito del 13 de febrero de 2013.

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