Resolución nº 184-2014/CC1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 26 de Febrero de 2014

Fecha de Resolución26 de Febrero de 2014
EmisorComisión de Protección al Consumidor
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 1
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 084-2013/PS1//IMC)
1
M-CPC-05/1A
RESOLUCIÓN FINAL Nº 0184-2014/CC1
PROCEDENCIA : ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS
SUMARÍSIMOS DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 1
DENUNCIANTE : ILLESICA JUANA MEJÍA VELA
DENUNCIADA : RÍMAC SEGUROS Y REASEGUROS S.A.
MATERIAS : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
INCUMPLIMIENTO DE MEDIDA CORRECTIVA
ACTIVIDAD : PLANES DE SEGUROS GENERALES
Lima, 26 de febrero de 2014
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución N° 2892-2012/SC2-INDECOPI del 9 de octubre de 2012, la Sala
Especializada en Protección al Consumidor (en adelante, la Sala) ordenó en calidad
de medida correctiva, que Rímac cumpla con reembolsar a la señora Mejía los gastos
incurridos por su tratamiento oncológico, de acuerdo a lo previsto en la póliza
contratada, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la presentación de los
documentos que los sustente.
2. El 18 de febrero de 2013, la señora Mejía adjuntó la documentación que acreditaría los
gastos incurridos en el tratamiento de su enfermedad.
3. El 1 de marzo de 2013, Rímac señaló que la documentación presentada por la señora
Mejía no cumplía con los requisitos previstos en la póliza para la evaluación del
reembolso.
4. El 15 de marzo de 2013, la señora Mejía denunció a Rímac por incumplimiento de la
medida correctiva ordenada en la Resolución N° 2892-2012/SC2-INDECOPI.
5. Por Resolución Final N° 296-2013/PS1 del 16 de mayo de 2013, el Órgano de
Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor N° 1 (en adelante, el OPS)
declaró infundada la denuncia por incumplimiento de medida correctiva interpuesta por
la señora Mejía contra Rímac, en la medida que los documentos presentados por la
denunciante para acreditar los gastos incurridos en el tratamiento de su enfermedad
no cumplen con los requisitos establecidos por la póliza.
6. El 27 de mayo de 2013 la señora Mejía apeló la referida resolución, señalando que la
presentación de los documentos exigidos para que Rímac hiciera efectivo el
desembolso de los gastos incurridos en su tratamiento son de imposible presentación,
pues se le viene requiriendo documentos en original de facturas, recetas, órdenes de
exámenes, recibos de honorarios médicos, entre otros, con los cuales no cuenta.
ANÁLISIS
Del incumplimiento de la medida correctiva ordenada
7. El artículo 115º de la Ley N° 29571 - Código de Protección y Defensa del Consumidor,
establece la facultad que tiene la Comisión para, actuando de oficio o a pedido de

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