Resolución nº 67-2014/CC1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 22 de Enero de 2014

Fecha de Resolución22 de Enero de 2014
EmisorComisión de Protección al Consumidor
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 1
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE N° 284-2013/CC1
M-CPC-05/1A
1
RESOLUCIÓN FINAL Nº 067-2014/CC1
PROCEDENCIA : LIMA
DENUNCIANTE : JULIA VIDALINA SÁNCHEZ RUIZ DE ANDÍA (LA
SEÑORA SÁNCHEZ)
DENUNCIADA : CAJA RURAL SEÑOR DE LUREN S.A. (LA CAJA)
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
IDONEIDAD
MEDIDAS CORRECTIVAS
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
MULTA
COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
SANCIÓN: CAJA RURAL SEÑOR DE LUREN S.A.: 8,23 UIT
Lima, 22 de enero de 2014
ANTECEDENTES
1. Mediante escrito del 22 de mayo de 2013, la señora Sánchez denunció a la
Caja1 por presunta infracción de la Ley Nº 29571, Código de Protección y
Defensa del Consumidor (en adelante, el Código)2, señalando lo siguiente:
(i) Los días 30 de enero, 11 de abril y 27 de agosto de 2012, efectuó tres
depósitos a plazo fijo por seis (6) meses, de acuerdo al siguiente detalle:
FECHA
MONTO
TASA
30
-
01
-
2012
S/. 7 500,00
11
-
04
-
2012
S/. 16 000,00
27
-
08
-
2012
S/. 7 810,20
(ii) En octubre de 2012, tomó conocimiento que ninguno de los depósitos
realizados habían sido reconocidos por la Caja, por lo que interpuso su
reclamo en diciembre de 2012.
(iii) En enero de 2013, la Caja le remitió una carta solicitándole todos los
documentos que acreditaran los depósitos efectuados, por lo que procedió
a entregar copia de los mismos; no obstante ello, la denunciada le informó
que dichos documentos eran falsos.
(iv) Solicitó como media correctiva la devolución de su dinero.
2. Mediante Resolución Nº 1 de fecha 9 de agosto de 2013, la Secretaría Técnica
de la Comisión admitió a trámite la denuncia, en los siguientes términos:
1 Con RUC Nº 20 219960256.
2 Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consum idor promulgado el 1 de sept iembre del 2010, y
vigente desde el 2 de octubre del 2010.

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