Resolución nº 2672-2013/CC2 de Comisión de Protección al Consumidor, de 27 de Diciembre de 2013

Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2013
EmisorComisión de Protección al Consumidor
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 2
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 1742-2013/CC2
1
M-CPC-05/1A
RESOLUCIÓN FINAL Nº 2672-2013/CC2
PROCEDENCIA : LIMA
DENUNCIANTE : INVERSIONES VETERINARIAS S.A.
(INVERSIONES VETERINARIAS)
DENUNCIADO : AUTOMOTORES GILDEMEISTER-PERU S.A.
(AUTOMOTORES GILDEMEISTER)
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
IDONEIDAD
IMPROCEDENCIA
NOCIÓN DE CONSUMIDOR
ACTIVIDAD : VENTA DE VEHÌCULOS AUTOMOTORES
Lima, 27 de diciembre de 2013
ANTECEDENTES
1. El 27 de septiembre de 20131, Inversiones Veterinarias denunció a
Automotores Gildemeister2 por presunta infracción del Código de
Protección y Defensa del Consumidor3 (en adelante, el Código),
señalando que:
(i) Adquirió de la denunciada un vehículo marca Hyundai, modelo H-
100 Truck 2.5 TDI, de placa B5W-773;
(ii) desde su primer uso presentaba problemas de orden técnico, por
cuanto se aceleraba automáticamente sin acción alguna del
conductor;
(iii) informó a la denunciada de dicho problema en su primer
mantenimiento de 5,000 km;
(iv) este desperfecto se mantuvo luego del primer mantenimiento, y fue
reportado en el segundo mantenimiento del vehículo a los 10,000
km, tras el cual continuó presentando aceleración descontrolada,
pero esta vez con emisión de humo blanco;
1 El 29 d e noviembre de 2013, mediante Resolución Final Nº 1531-2013/PS3, el Ór gano Resolutivo
de P rocedimientos Sumarís imos de Protección al Consumidor Nº 3 (en adelante, OPS3), declinó
competencia sobre los hechos materia de denuncia, debido a que verificó que éstos se encontrab an
referidos a un producto cuyo val or supera las 3 UIT.
2 R.U.C. Nº 20506006024.
septiembre de 2010 en el Diario Oficial El Peruano. Dicho código será aplicable a los s upuestos
de infracción que s e configuren a partir del 2 de octubre de 2010, f echa en la cual entró en vigencia
el mismo. L os demás casos, se seguirán tram itando de acuerdo a lo estableci do en el Decreto
Supremo Nº 0 06-2009/PCM, Texto Únic o Ordenado de la Ley del Sist ema de Protección a l
Consumidor (vigente entre el 31 de enero de 2009 y el 1 de octubre de 2010), en el D ecreto
Supremo Nº 039-2000/ITINCI (vigente hasta el 26 de junio de 2008) y Decreto Legislativo Nº 1045
(vigente entre el 27 de junio de 2 008 y el 30 de enero de 2009).

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