Resolución nº 2669-2013/CC2 de Comisión de Protección al Consumidor, de 27 de Diciembre de 2013
Fecha de Resolución | 27 de Diciembre de 2013 |
Emisor | Comisión de Protección al Consumidor |
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 2
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 1484-2013/CC2
1
M-CPC-05/1A
RESOLUCIÓN FINAL Nº 2669-2013/CC2
PROCEDENCIA : LIMA
DENUNCIANTE : CORPORACION DEL CENTRO S.A.C. (CORPORACIÓN)
DENUNCIADA : SERVI BRUNO S.A.C. (SERVI BRUNO)
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
IMPROCEDENCIA DE LA DENUNCIA
NOCIÓN DE CONSUMIDOR
ACTIVIDAD : VENTA DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES
Lima, 27 de diciembre de 2013
ANTECEDENTES
1. El 16 de octubre de 2013, Corporación denunció a Servi Bruno1 por presunta infracción
del Código de Protección y Defensa del Consumidor2 (en adelante, el Código),
señalando que:
(i) Adquirió de Servi Bruno una camioneta marca Toyota Land Cruiser full equipo, por
el monto de US$ 82,575.00 para efectos de ser destinado al uso de sus ejecutivos;
(ii) de modo progresivo, fueron desembolsando los montos que la denunciada les
solicitaba para efecto del precio de venta, llegando a entregar la suma de
US$106,390.40;
(iii) en julio de 2013, Servi Bruno entregó a Corporación el vehículo; sin embargo, éste
no contaba con las características que se le habían ofrecido3;
(iv) una vez entregada la camioneta, el denunciado comunicó al denunciante que el
precio final del vehículo era de US$ 108,672.40 en lugar de los US$ 82,575.00
indicados inicialmente; y,
(v) el 02 de septiembre de 2013, le remitió una carta notarial al denunciado
solicitándole llegar a un acuerdo o dejar sin efecto el contrato; no obstante, hasta
la fecha de presentación de la presente denuncia, no ha dado respuesta alguna.
2. La denunciante solicitó lo siguiente:
1 R.U.C. Nº 20467120647.
2 LEY N 29571, CÓDIGO DE PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL CON SUMIDOR, publicado el 2 de septiem bre de 2010
en el Diario Oficial El Peruano. Dicho c ódigo será aplicable a los supuestos de infracción qu e se configuren a partir
del 2 de octubre de 2010, fecha en la cual entró en vigencia el mismo. Los d emás casos, s e seguirán tramit ando de
acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 006-2009/PCM, Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema de
Protección al Consu midor (vigente entre el 31 de enero de 2009 y el 1 de octubre de 2010), en el Decreto Supremo Nº
039-2000/ITINCI ( vigente hasta el 26 de junio d e 2008) y Decreto Legislativo Nº 1045 (vigente entre el 27 de ju nio de
2008 y el 30 de enero de 2009) .
3 Cuero en los asientos, su n roof eléctrico, entre otros.
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