Resolución nº 1335-2013/CC1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 27 de Diciembre de 2013

Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2013
EmisorComisión de Protección al Consumidor
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 1
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 3055-2012/CPC
M-CPC-05/1A 1
RESOLUCION FINAL Nº 1335-2013/CC1
PROCEDENCIA : LIMA
DENUNCIANTE : MARÍA YOLANDA LUIS MANRIQUE VDA. DE RODRIGUEZ
(LA SEÑORA LUIS)
DENUNCIADA : EL PACÍFICO PERUANO SUIZA COMPAÑÍA DE SEGUROS
Y REASEGUROS S.A. (PACÍFICO)
MATERIA : IDONEIDAD
MEDIDAS CORRECTIVAS
COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : PLANES DE SEGUROS GENERALES
Lima, 27 de diciembre de 2013
ANTECEDENTES
1. Mediante escrito del 26 de diciembre de 2012, complementado por los escritos del 18,
23 y 29 de enero de 20131, la señora Luis denunció a Pacífico por presuntas
infracciones a la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (en
adelante, el Código)2, señalando lo siguiente:
(i) El 30 de julio de 2010, los señores Eddy Castillón Rodríguez,(en adelante, el
señor Castillón), Daniel Leoncio Rodríguez Luis(en adelante, el señor Rodríguez)
y Leoncio Severio Rodríguez Chuquispuma (en adelante, el señor Leoncio),
primo, hijo y esposo de la denunciante respectivamente, sufrieron un accidente
de tránsito cuando ocupaban el vehículo de placa A2L-700, cuya propietaria era
la Compañía Minera Milpo S.A.A. (en adelante, Minera Milpo). En dicho
accidentesu primo sufrió una serie de lesiones y su esposo e hijo fallecieron.
(ii) Solicitó a Pacífico que se hiciera efectivo el pago de las indemnizaciones por
invalidez y gastos médicos correspondientes a su primo y por el fallecimiento de
su esposo e hijo; no obstante lo cual, la compañía de seguros no ha realizado el
respectivo pago.
3. En tal sentido, la señora Luis solicitó que se ordene a la denunciada lo siguiente:
(i) El pago de las indemnizaciones correspondientes a la muerte de su esposo e
hijo, así como a la invalidez y gastos médicos de su primo.
(ii) El pago de las costas y costos del procedimiento.
5. Mediante Resolución 2 del 2 de octubrede 2013, la Secretaría Técnica admitió a
trámite la denuncia interpuesta por la señora Luis, conforme a lo siguiente:
PRIMERO: admitir a trámite la denuncia presentada por la señora María Yolanda Luis
Manrique Vda. De Rodríguez contra El Pacífico Peruano Suiza Compañía de Seguros y
1 Dich os escritos fueron presentados en virtud al requerim iento efectuado m ediante Resolución Nº 1 del 9 de enero de
2013.
2 Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consum idor promulgado el 1 de septiembre del 2010, y vigente
desde el 2 de octubre del 2010.

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