Resolución nº 1335-2013/CC1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 27 de Diciembre de 2013
Fecha de Resolución | 27 de Diciembre de 2013 |
Emisor | Comisión de Protección al Consumidor |
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 1
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 3055-2012/CPC
M-CPC-05/1A 1
RESOLUCION FINAL Nº 1335-2013/CC1
PROCEDENCIA : LIMA
DENUNCIANTE : MARÍA YOLANDA LUIS MANRIQUE VDA. DE RODRIGUEZ
(LA SEÑORA LUIS)
DENUNCIADA : EL PACÍFICO PERUANO SUIZA COMPAÑÍA DE SEGUROS
Y REASEGUROS S.A. (PACÍFICO)
MATERIA : IDONEIDAD
MEDIDAS CORRECTIVAS
COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : PLANES DE SEGUROS GENERALES
Lima, 27 de diciembre de 2013
ANTECEDENTES
1. Mediante escrito del 26 de diciembre de 2012, complementado por los escritos del 18,
23 y 29 de enero de 20131, la señora Luis denunció a Pacífico por presuntas
infracciones a la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (en
adelante, el Código)2, señalando lo siguiente:
(i) El 30 de julio de 2010, los señores Eddy Castillón Rodríguez,(en adelante, el
señor Castillón), Daniel Leoncio Rodríguez Luis(en adelante, el señor Rodríguez)
y Leoncio Severio Rodríguez Chuquispuma (en adelante, el señor Leoncio),
primo, hijo y esposo de la denunciante respectivamente, sufrieron un accidente
de tránsito cuando ocupaban el vehículo de placa A2L-700, cuya propietaria era
la Compañía Minera Milpo S.A.A. (en adelante, Minera Milpo). En dicho
accidentesu primo sufrió una serie de lesiones y su esposo e hijo fallecieron.
(ii) Solicitó a Pacífico que se hiciera efectivo el pago de las indemnizaciones por
invalidez y gastos médicos correspondientes a su primo y por el fallecimiento de
su esposo e hijo; no obstante lo cual, la compañía de seguros no ha realizado el
respectivo pago.
3. En tal sentido, la señora Luis solicitó que se ordene a la denunciada lo siguiente:
(i) El pago de las indemnizaciones correspondientes a la muerte de su esposo e
hijo, así como a la invalidez y gastos médicos de su primo.
(ii) El pago de las costas y costos del procedimiento.
5. Mediante Resolución Nº 2 del 2 de octubrede 2013, la Secretaría Técnica admitió a
trámite la denuncia interpuesta por la señora Luis, conforme a lo siguiente:
“PRIMERO: admitir a trámite la denuncia presentada por la señora María Yolanda Luis
Manrique Vda. De Rodríguez contra El Pacífico Peruano Suiza Compañía de Seguros y
1 Dich os escritos fueron presentados en virtud al requerim iento efectuado m ediante Resolución Nº 1 del 9 de enero de
2013.
2 Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consum idor promulgado el 1 de septiembre del 2010, y vigente
desde el 2 de octubre del 2010.
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