Resolución nº 2428-2013/CC2 de Comisión de Protección al Consumidor, de 6 de Diciembre de 2013

Fecha de Resolución 6 de Diciembre de 2013
EmisorComisión de Protección al Consumidor
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 2
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 800-2013/CPC
M-CPC-05/1A 1
RESOLUCIÓN FINAL Nº 2428-2013/CC2
EXPEDIENTE : 800-2013/CC2
AUTORIDAD : SECRETARÍA TÉCNICA DE LA COMISIÓN DE
PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR 2 (SECRETARÍA
TÉCNICA)
ADMINISTRADO : PERÚ OFFICE S.A. (PERÚ OFFICE)
MATERIA : PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR
ACTIVIDAD : VENTA DE MAQUINARIA, EQUIPOS Y MATERIALES
SANCIÓN : 1,5 UIT
Lima, 06 de diciembre de 2013
I. ANTECEDENTES
1. En el marco de las acciones de supervisión y fiscalización que desarrolla la
Secretaría Técnica, se inició la Investigación Nº 206-2011/PREV-CPC/INDECOPI,
con la finalidad de verificar el cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 29571,
Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, Código), respecto
de la implementación del Libro de Reclamaciones en cada establecimiento
comercial, de conformidad con lo señalado en el Reglamento del Libro de
Reclamaciones, aprobado en el Decreto Supremo Nº 011-2011-PCM (en
adelante, Reglamento).
2. El 01 de marzo de 2012, se realizó una acción de supervisión en el local de
PERÚ OFFICE1, el mismo que se encuentra ubicado en la Av. Conquistadores
N° 1112, San Isidro, consignándose en el Acta respectiva que el establecimiento
no contaba con el Libro de Reclamaciones.
3. Mediante Resolución Nº 1 del 19 de junio de 2013, la Secretaría Técnica inició un
procedimiento administrativo sancionador en contra de PERÚ OFFICE, por
presunta infracción al artículo 150º del Código.
4. El 23 de agosto de 2013, PERÚ OFICCE presentó sus descargos alegando lo
siguiente:
(I) Que se allana a la imputación formulada en su contra, reconociendo que en
el momento de la supervisión no contaban con el Libro de Reclamaciones en
su local comercial.
(II) Sin perjuicio de ello manifiesta, que cuenta con un sistema de incidencias
que permite que cualquier consumidor interponga sus quejas o reclamos,
1 Con RUC N° 20376321712.

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