Resolución nº 1202-2013/CC1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 27 de Noviembre de 2013

Fecha de Resolución27 de Noviembre de 2013
EmisorComisión de Protección al Consumidor
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 1
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 118-2013/CC1
1
M-CPC-05/1A
RESOLUCIÓN FINAL Nº 1202-2013/CC1
PROCEDENCIA : LIMA
DENUNCIANTES : JENE BUMOOR YÉPEZ LÓPEZ (EL SEÑOR YÉPEZ)
MARIA ESTHER TAPIA GONZALES (LA SEÑORA TAPIA)
DENUNCIADO : BBVA BANCO CONTINENTAL S.A. (EL BANCO)
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
IDONEIDAD
MEDIDAS CORRECTIVAS
COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
Lima,27 de noviembre de 2013
ANTECEDENTES
1. El 25 de marzo de 2013, el señor Yépez y la señora Tapia presentaron una denuncia
contra el Banco por presunta infracción de la Ley Nº 29571, Código de Protección y
Defensa del Consumidor1 (en adelante, el Código), señalando lo siguiente:
(i) El 26 de junio de 2009, adquirieron con el Banco el crédito vehicular
‘’Contifacil’’ Nº 00110408-9600270899-26 por el importe de S/. 33 080,22 para
pagar en 60 meses, el cual fue respaldado con la constitución de una garantía
mobiliaria sobre el vehículo adquirido.
(ii) En el año 2010, incurrieron en un retraso en el pago de las cuotas acordadas
según el cronograma de pagos.
(iii) El 2 de noviembre de 2010, el Banco les remitió una carta notarial, a través de
la cual les exigió el pago de la deuda contraída o, de lo contrario, que cumplan
con devolver el vehículo adquirido con ocasión del crédito otorgado.
(iv) El 23 de noviembre de 2010, procedieron a devolver al Banco el vehículo
marca LIFAN, modelo 520 CNG, Placa Nº COK-050, año de fabricación 2008,
por lo que asumieron que la deuda se encontraba cancelada, según lo
indicado por el personal del Banco.
(v) El 18 de setiembre de 2012, recibieron una comunicación telefónica por parte
de un estudio jurídico, requiriéndoles el pago de la deuda que le fue cedida
por el Banco.
(vi) El 11 de noviembre de 2012, remitieron al Banco una carta solicitando la
entrega de su estado de cuenta, toda vez que habían procedido a cancelar la
1 Ley N° 2957 1, Código de Protección y Defensa del C onsumidor promulgado el 1 de septiembre de 2010, y vigente
desde el 2 de octubre de 2010.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR