Resolución nº 2207-2013/CC2 de Comisión de Protección al Consumidor, de 25 de Noviembre de 2013

Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2013
EmisorComisión de Protección al Consumidor
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 2
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE N° 122-2013/PS1/LCC
(EXPEDIENTE Nº 292-2013/CC2-APELACIÓN)
1
M-CPC-05/1A
RESOLUCIÓN FINAL Nº 2207-2013/CC2
PROCEDENCIA : ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS
SUMARÍSIMOS DE PROTECCION AL CONSUMIDOR Nº 1
DENUNCIANTE : RAFAEL ASUR ACEVEDO MOREYRA (EL SEÑOR
ACEVEDO)
DENUNCIADA : ALESE S.A.C. (ALESE)
MATERIA : LIQUIDACIÓN DE COSTOS Y COSTAS
ACTIVIDAD : VENTA DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES
Lima, 25 de noviembre de 2013
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución N° 905-2013/SPC-INDECOPI del 15 de abril de 2013, la Sala
Especializada de Protección al Consumidor confirmó la Resolución N° 2544-2012/CPC,
en el extremo que condenó a Alese al pago de las costas y costos del procedimiento.
2. El 23 de mayo de 2013, el señor Acevedo solicitó la liquidación de los costos del
procedimiento por la suma de S/. 3 500,00 correspondientes al pago que realizó a sus
abogados.
3. A fin de acreditar lo indicado, el señor Acevedo presentó los siguientes documentos:
(i) Boleta de Venta N° 001-000075 del 30 de abril de 2013, en la que se consignó el
pago realizado por el señor Acevedo a Solsol, Ojeda & Salazar Asesores y
Consultores S.C.R.L. por la suma de S/. 3 500,00; y,
(ii) constancia de Declaración y Pago de impuesto de renta de tercera categoría de
Solsol, Ojeda & Salazar Asesores y Consultores S.C.R.L., correspondiente al
periodo tributario abril 2013.
4. Mediante Resolución N° 1 del 12 de junio de 2013, el OPS requirió al señor Acevedo lo
siguiente:
(i) El documento que acredite el medio de pago bancarizado por el cual se realizó
la cancelación de la Boleta de Venta N° 001-000075, según lo prescrito en la Ley
N° 28194; y,
(ii) detalle de la declaración mensual (PDT) efectuada por Solsol, Ojeda & Salazar
Asesores y Consultores S.C.R.L. en el mes de abril de 2013, que permita
acreditar la declaración de la Boleta de Venta N° 001-000075.
5. Asimismo, mediante la referida resolución se le requirió a Alese que cumpla con
presentar sus observaciones a la liquidación presentada por el señor Acevedo.
6. El 18 de junio de 2013, el señor Acevedo presentó copia de los siguientes
documentos: (i) contrato de Locación de Servicios Profesionales suscrito con Solsol,
Ojeda & Salazar Asesores y Consultores S.C.R.L. el 13 de enero de 2011; (ii) registro
de ventas del mes de abril de 2013 de Solsol, Ojeda & Salazar Asesores y Consultores

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