Resolución nº 2207-2013/CC2 de Comisión de Protección al Consumidor, de 25 de Noviembre de 2013
Fecha de Resolución | 25 de Noviembre de 2013 |
Emisor | Comisión de Protección al Consumidor |
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 2
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE N° 122-2013/PS1/LCC
(EXPEDIENTE Nº 292-2013/CC2-APELACIÓN)
1
M-CPC-05/1A
RESOLUCIÓN FINAL Nº 2207-2013/CC2
PROCEDENCIA : ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS
SUMARÍSIMOS DE PROTECCION AL CONSUMIDOR Nº 1
DENUNCIANTE : RAFAEL ASUR ACEVEDO MOREYRA (EL SEÑOR
ACEVEDO)
DENUNCIADA : ALESE S.A.C. (ALESE)
MATERIA : LIQUIDACIÓN DE COSTOS Y COSTAS
ACTIVIDAD : VENTA DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES
Lima, 25 de noviembre de 2013
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución N° 905-2013/SPC-INDECOPI del 15 de abril de 2013, la Sala
Especializada de Protección al Consumidor confirmó la Resolución N° 2544-2012/CPC,
en el extremo que condenó a Alese al pago de las costas y costos del procedimiento.
2. El 23 de mayo de 2013, el señor Acevedo solicitó la liquidación de los costos del
procedimiento por la suma de S/. 3 500,00 correspondientes al pago que realizó a sus
abogados.
3. A fin de acreditar lo indicado, el señor Acevedo presentó los siguientes documentos:
(i) Boleta de Venta N° 001-000075 del 30 de abril de 2013, en la que se consignó el
pago realizado por el señor Acevedo a Solsol, Ojeda & Salazar Asesores y
Consultores S.C.R.L. por la suma de S/. 3 500,00; y,
(ii) constancia de Declaración y Pago de impuesto de renta de tercera categoría de
Solsol, Ojeda & Salazar Asesores y Consultores S.C.R.L., correspondiente al
periodo tributario abril 2013.
4. Mediante Resolución N° 1 del 12 de junio de 2013, el OPS requirió al señor Acevedo lo
siguiente:
(i) El documento que acredite el medio de pago bancarizado por el cual se realizó
la cancelación de la Boleta de Venta N° 001-000075, según lo prescrito en la Ley
N° 28194; y,
(ii) detalle de la declaración mensual (PDT) efectuada por Solsol, Ojeda & Salazar
Asesores y Consultores S.C.R.L. en el mes de abril de 2013, que permita
acreditar la declaración de la Boleta de Venta N° 001-000075.
5. Asimismo, mediante la referida resolución se le requirió a Alese que cumpla con
presentar sus observaciones a la liquidación presentada por el señor Acevedo.
6. El 18 de junio de 2013, el señor Acevedo presentó copia de los siguientes
documentos: (i) contrato de Locación de Servicios Profesionales suscrito con Solsol,
Ojeda & Salazar Asesores y Consultores S.C.R.L. el 13 de enero de 2011; (ii) registro
de ventas del mes de abril de 2013 de Solsol, Ojeda & Salazar Asesores y Consultores
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