Resolución nº 2197-2013/CC2 de Comisión de Protección al Consumidor, de 25 de Noviembre de 2013

Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2013
EmisorComisión de Protección al Consumidor
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 2
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 2150-2012/CPC
M-CPC-05/1A
1
RESOLUCIÓN FINAL Nº 2197-2013/CC2
PROCEDENCIA : LIMA
DENUNCIANTE : GUILLERMO HERRERA FAKHYE (EL SEÑOR
HERRERA)
DENUNCIADO : JOSÉ FEDERICO NORIEGA GONZALES (EL
SEÑOR NORIEGA)
MATERIA : IDONEIDAD
MEDIDAS CORRECTIVAS
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
MULTA
COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS COMPLETOS
SANCIÓN : 10 UIT
Lima, 25 de noviembre de 2013
ANTECEDENTES
1. El 3 de setiembre de 2012, complementado con el escrito de fecha 18 de
octubre de 2012, el señor Herrera denunció al señor Noriega1 por presunta
infracción a las normas de protección al consumidor, señalando lo siguiente:
(i) El 5 de octubre de 2008, suscribió un contrato de mandato de
construcción de obra con el señor Noriega para la construcción de un
proyecto inmobiliario denominado Condominio Cruz del Sur II sobre el
terreno ubicado en la avenida Cruz del Sur Nº 352 (Ex Manzana C lote
35) urbanización Los Granados, Santiago de Surco; adquiriendo a través
del mismo el Departamento Nº 306, los Estacionamientos Nº 22, 23 y 43
y el Depósito Nº 15.
(ii) En el referido contrato se pactó la entrega física del citado inmueble para
el 19 de agosto de 2008, obligación que el denunciado no cumplió; por lo
que, se acordó como fecha de entrega máxima el 30 de setiembre de
2009.
(iii) Se pactaron el pago de penalidades por la demora en la entrega del
inmueble; sin embargo, la Inmobiliaria no cumplió.
(iv) El 24 de abril de 2012, tomó posesión del inmueble materia de denuncia,
sin haberse formalizado su entrega a la fecha.
(v) Es del caso que, verificó los siguientes desperfectos y defectos en el
departamento y estacionamiento materia de denuncia:
1 DNI Nº 25 596975.
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 2
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 2150-2012/CPC
M-CPC-05/1A
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- No existen las placas indicadas en los planos, toda vez que han sido
remplazadas por muros de ladrillo de 15 cm, actuando como muros
portantes, en lugar de las placas del proyecto.
- Fisuras detectadas en algunas de las paredes del departamento.
- Deformación del techo del estacionamiento en 6 cm.
- El cableado eléctrico se encuentra desordenado.
(vi) De otro lado, señaló respecto a las áreas comunes los siguientes defectos:
- Falta de colocación de mamparas en el pasadizo principal.
- Los caños de riego de jardín y del agua de servicio higiénico de caseta
de vigilancia no se encuentran conectados a la red del condominio.
- El muro colindante izquierdo del condominio debe ser construido en
drywall.
- Sobrecalentamiento de los interruptores termo magnéticos del tablero
de luces ubicado en la caseta de portería.
- Mala calidad de temporizadores.
- La chapa de la puerta principal se encuentra descentrada respecto al
pestillo de la chapa de la puerta.
- Falta de instalación de las mamparas de vidrio a ambos extremos el
pasadizo principal.
- No funcionan correctamente las luces de emergencia.
- No se habrían entregado las especificaciones eléctricas de los
interruptores de los tableros de luz domiciliarios.
- Las cajas de pase de madera con marcos corredizos ubicados en los
lobbies de cada piso se encuentran con clavos y no con tarugos y
tornillos, lo cual ocasiona que los marcos estén por caerse.
- Falta de certificación del Instituto Nacional de Defensa Civil (en
adelante, INDECI) de la bomba contra incendios y del tablero de
control conjuntamente con los requerimientos mínimos tales como:
bombas, mangueras, sprinkles, ubicación de armarios de mangueras.
- Falta de ubicación, señalización y medición de la resistencia de los
pozos de tierra.
- Falta de identificación de los cables eléctricos de las cajas de pase.
- Falta de instalación del cuarto de bombas contra incendio en la torre
interior, pese a que estaba previsto en el plano original.
- Falta de instalación de mayólicas en las paredes y pisos en los
cuartos de basura, toda vez que estos deben tener una altura mínima
de 1.20 c.m.
- Falta de instalación de una malla antimosquitos en el cuarto de
bombas contra incendio, toda vez que el pozo de agua es una fuente
ad hoc de zancudos y dengue.
- Falta colocar una rejilla en el rebose del tanque de agua contra
incendios.
- Falta de entrega de las facturas y manuales de operación de todos los
equipos instalados en el condominio, a fin de revisar la garantía.
- Falta de entrega de la documentación que acredite la existencia de la
licencia de construcción municipal.
- Mal funcionamiento del cerco eléctrico.

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