Resolución nº 1975-2013/CC2 de Comisión de Protección al Consumidor, de 14 de Noviembre de 2013

Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2013
EmisorComisión de Protección al Consumidor
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 2
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 356-2013/CC2
1
M-CPC-05/1A
RESOLUCIÓN FINAL Nº 1975-2013/CC2
PROCEDENCIA : LIMA
DENUNCIANTE : JESSICA SOPHIE URIBE ESPINOZA (LA SEÑORA
URIBE)
DENUNCIADA : DELOSI S.A. (DELOSI)
MATERIA : IDONEIDAD
INOCUIDAD DE ALIMENTOS
MEDIDAS CORRECTIVAS
COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : RESTAURANTES
Lima, 14 de noviembre de 2013
ANTECEDENTES
1. El 24 de abril de 2013, la señora Uribe denunció a Delosi por presunta infracción a la
Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, el
Código)1, en atención a lo siguiente:
(i) El 16 de marzo de 2013, a las 14:51 horas aproximadamente, en compañía de su
hija, Valeria Dongo Uribe de 17 años de edad, acudió al establecimiento del
denunciado adquiriendo un banquete personal y un twister, abonando S/. 99,50.
(ii) Luego de consumir dichos alimentos, a las 16:17 horas aproximadamente, ella y su
hija ingresaron a la Sala de Emergencias de la Clínica Good Hope (en adelante, la
Clínica) debido a que presentaron complicaciones estomacales (náuseas, vómitos,
mareos) y respiratorias; diagnosticándoseles intoxicación alimentaria de Etiología
Bacteriana y Urticaria.
(iii) A fin de dejar constancia de lo sucedido, presentó su reclamo en el Libro de
Reclamaciones de Delosi, a través de la Hoja de Reclamación Nº 000092 (KFC06-
038)
2. Mediante Resolución Nº 1 de fecha 27 de mayo de 2013, la Secretaría Técnica de
la Comisión de Protección al Consumidor Nº 2 (en adelante, la Secretaría Técnica)
admitió a trámite la denuncia, imputando la siguiente presunta infracción:
“PRIMERO: Admitir a trámite la denuncia de fecha 24 de abril de 2013 presentada por
la señora Jessica Sophie Uribe Espinoza contra Delosi S.A., por presunta infracción de
Consumidor, en tanto el proveedor denunciado habría puesto a disposición de la
denunciante y su hija alimentos que les generaron daño a su salud”.
3. En su defensa, Delosi manifestó lo siguiente:
(i) Los insumos que emplea para la elaboración de sus productos son de calidad,
asimismo, cuenta con instrumentos de alta tecnología para asegurar la
conservación adecuada de los alimentos que expende en sus establecimientos.
1 Ley Nº 29571, Código d e Protección y Defensa d el Consumidor promulgado el 1 d e septiembre del 2010, y vi gente
desde el 2 de octubre del 2010.

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